- Ley
- Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
- Artículo
- 155 Bis
Artículo 155 Bis del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Dirección General de Coordinación Metropolitana es la encargada de ayudar al secretario de Planeación en todo lo relacionado con trabajar junto a otros estados y municipios que están cerca de la Ciudad de México. Su chamba incluye organizar juntas, meterle mano a los proyectos y asegurarse de que las cosas avancen en los consejos y comisiones donde se toman decisiones sobre la zona metropolitana. También tiene que proponer cambios a las leyes y firmar acuerdos para que la colaboración entre diferentes gobiernos funcione mejor. Además, se encarga de hacer estudios, organizar eventos y darle seguimiento a los proyectos para ver si están dando resultados. Básicamente, es el equipo que se asegura de que la ciudad y sus vecinos trabajen juntos sin tantos problemas.
Texto oficial
Artículo 155 Bis.- Corresponde a la Dirección General de Coordinación Metropolitana: Acordar con la persona titular de la Secretaría de Planeación, Ordenamiento Territorial y Coordinación Metropolitana el despacho de los asuntos en materia de coordinación y planeación metropolitana, así como la participación en el Consejo de Desarrollo Metropolitano, en las comisiones metropolitanas y en los diversos mecanismos de coordinación con los gobiernos de las Entidades Federativas y Municipios que colindan con la Ciudad de México; Auxiliar a la persona titular de la Secretaría de Planeación, Ordenamiento Territorial y Coordinación Metropolitana en la gestión y coordinación de las relaciones de carácter metropolitano con los organismos y poderes públicos locales y federales, así como con los gobiernos de las Alcaldías y los órganos de representación ciudadana; Participar con las autoridades competentes en el proceso de la planeación metropolitana, y regional, en representación de la Secretaría de Planeación, Ordenamiento Territorial y Coordinación Metropolitana; Auxiliar a la persona titular de la Secretaría de Planeación, Ordenamiento Territorial y Coordinación Metropolitana en las acciones de representación del Gobierno de la Ciudad de México para la coordinación metropolitana y regional, con los actores del sector público, social y privado; Apoyar a la persona titular de la Secretaría de Planeación, Ordenamiento Territorial y Coordinación Metropolitana en las acciones de representación de la Administración Pública de la Ciudad de México ante los diversos mecanismos de coordinación metropolitana y regional, en términos de lo dispuesto por los convenios y demás instrumentos jurídicos; Analizar y proponer reformas al marco normativo y modificaciones a los instrumentos y programas de intercambio, para recomendar líneas de acción de coordinación metropolitana y regional; Impulsar la suscripción de convenios para la constitución, integración y funcionamiento de comisiones metropolitanas en las materias previstas por la legislación vigente sobre coordinación metropolitana y regional; Promover la realización de estudios y proyectos técnicos que propicien formas eficientes de coordinación metropolitana y regional con los distintos órdenes de gobierno que inciden en la Ciudad de México; Impulsar con los distintos órdenes de gobierno, el desarrollo de proyectos estratégicos en materia de coordinación metropolitana y regional; Fomentar la organización de foros y eventos que contribuyan a la integración de propuestas en materia de coordinación metropolitana y regional; Elaborar la cartera de proyectos en materia de coordinación metropolitana, y regional, a cargo de la Secretaría de Planeación, Ordenamiento Territorial y Coordinación Metropolitana; Hacer el seguimiento de los proyectos que integran las políticas en materia de coordinación metropolitana y regional, e impulsar la evaluación de sus resultados; Participar en los grupos de trabajo que se generen con motivo de la coordinación metropolitana y regional, así como dar seguimiento a los compromisos que surjan de los mismos; Proponer mejoras en el diseño de políticas públicas y procesos intergubernamentales para resolver problemas públicos en el ámbito metropolitano y regional; y Las demás que le instruya la persona titular de la Secretaría de Planeación, Ordenamiento Territorial y Coordinación Metropolitana, así como las previstas en otras leyes y ordenamientos. Artículo adicionado G.O. CDMX 14/03/25
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.