- Ley
- Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
- Artículo
- 70
Artículo 70 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Ese artículo ya no sirve para nada, porque fue eliminado de la ley. La palabra "derogado" significa que ya no está vigente y no tiene ningún efecto legal. Desde el 14 de marzo de 2025, con la publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, este artículo dejó de existir oficialmente. Por lo tanto, no hay que tomarlo en cuenta para ningún trámite o situación.
Texto oficial
Artículo 70.- Se deroga. Artículo derogado G.O. CDMX 14/03/25
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.