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Ley
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Artículo
70 BIS

Artículo 70 BIS del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Dirección Ejecutiva de Análisis Informativo se encarga de pensar y crear estrategias para que la Secretaría de Gobierno comunique mejor sus acciones. Su trabajo incluye desde manejar las redes sociales y páginas web oficiales, hasta recopilar información de todas las áreas de la Secretaría para tomar mejores decisiones. También está al pendiente de lo que se publica en internet sobre el gobierno, para anticipar problemas o reacciones de la gente. Además, atiende quejas y peticiones ciudadanas que llegan por internet, y las canaliza al área que corresponda. Por último, guarda todos los archivos (videos, fotos, audios, informes) que se generan en las actividades del Secretario de Gobierno.

Texto oficial

Artículo 70 BIS. Corresponde a la Dirección Ejecutiva de Análisis Informativo: Proponer, innovar e implementar planes y/o estrategias de información que involucren a las diferentes Unidades Administrativas dependientes de la Secretaría de Gobierno y permitan tener elementos base para la toma de decisiones; Elaborar y proponer contenidos para las distintas plataformas digitales y medios de la Secretaría; Establecer un plan de desarrollo de acciones de información, para la adopción de mejores prácticas de comunicación en la Secretaría; Detectar, analizar y elaborar mecanismos que permitan evaluar qué planes y/o procesos de información son susceptibles de mejora; Recopilar información de las Unidades Administrativas que conforman a la Secretaría, con la finalidad de elaborar estrategias para la difusión de las acciones a implementarse; Monitorear y evaluar resultados del impacto de las campañas establecidas para la difusión de las acciones de gobierno; Cobertura de acciones para la generación de materiales informativos; Elaborar el plan anual de información con el objetivo de priorizar la realización de materiales que contribuyan a mejorar los mecanismos comunicativos; Atender de forma permanente la información que publiquen los usuarios de las redes sociales, páginas electrónicas u otros en la red internet, así como operar las plataformas digitales de la Secretaría; Monitorear los hechos relacionados con las incidencias que se publican en la red, a fin de prever cualquier tipo de activación político-social; Atender las demandas ciudadanas que se generen a través de internet e informar sobre ello al área correspondiente; Crear un índice de datos con la información recopilada en la red y los materiales propios; Realizar análisis cualitativos y cuantitativos de la información recabada e integrar informes periódicos con el objetivo de contribuir a la toma de decisiones de la Secretaría; Desarrollar mecanismos de búsqueda para acceder a la información que se tiene; y Recopilar el acervo documental consistente en material de soporte gráfico, sonoro, videográfico e informativo derivado de las actividades de la persona titular de la Secretaría; Las demás que le atribuyan otras disposiciones legales y administrativas, así como aquellas que le asigne la persona titular de la Secretaría de Gobierno.

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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