- Ley
- Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
- Artículo
- 70 TER
Artículo 70 TER del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Dirección Ejecutiva de Asuntos Agrarios tiene varias responsabilidades. Su trabajo principal es ayudar a resolver problemas y conflictos relacionados con tierras de cultivo (materia agraria) en la Ciudad de México. También se encarga de proponer programas para atender las necesidades de los campesinos y dueños de tierras, además de coordinar con otras dependencias para regularizar la propiedad rural (asegurar que los terrenos estén legalmente registrados). Asesora a los poseedores de tierras en sus trámites, organiza capacitaciones y actúa como mediador para solucionar disputas. Finalmente, debe crear un sistema de información que muestre qué necesita el sector agrario y realizar estudios para proponer mejores políticas.
Texto oficial
Artículo 70 TER.- Corresponde a la Dirección Ejecutiva de Asuntos Agrarios: Fungir como unidad de consulta, coordinación, concertación y ejecución de acciones para la inmediata atención de asuntos y conflictos en materia agraria, así como la realización de estudios y acciones que permitan la promoción de políticas que fomenten la actividad agraria en la Ciudad de México; Coadyuvar a la atención integral de las demandas campesinas, proponiendo programas y acciones dirigidas a su solución; Promover la coordinación entre el sector agrario y la Administración Pública para procurar la regularización de la propiedad rural; Ejecutar las políticas en materia agraria con relación a la tenencia de la tierra; Asesorar y atender a los poseedores rurales, así como a las organizaciones que estos conformen, en los trámites relativos a la regularización de sus tierras, así como para gestionar, preparar y ejecutar proyectos de capacitación agraria para propietarios y poseedores rurales; Emitir opinión sobre la ubicación de predios que sirvan para determinar si los mismos se encuentran en terrenos rurales; Coadyuvar con la Dirección General de Regularización Territorial, así como con el Instituto Nacional del Suelo Sustentable, para que inicien el procedimiento correspondiente para la regularización de la propiedad rural; Coordinarse con la Dirección General de la Comisión de Recursos Naturales y Desarrollo Rural, en el seguimiento de los programas y acciones del fomento agropecuario para la Ciudad de México; Promover la celebración de convenios entre las Dependencias de la Administración Pública y las organizaciones de propietarios rurales de la Ciudad de México para el apoyo y fomento en materia agraria; Intervenir como una instancia conciliadora que permita solucionar los conflictos en materia agraria; Promover convenios de coordinación en materia agraria entre las Dependencias de la Administración Pública Federal, Estatal y de la Ciudad de México; Integrar un sistema de información agraria que dé a conocer las necesidades de ese sector en la Ciudad de México; Elaborar estudios para realizar el diagnóstico de las necesidades de organización y capacitación agraria, así como proponer las políticas para el desarrollo de ese sector; Analizar la problemática a la que se enfrenten los grupos y núcleos agrarios de la Ciudad de México y emitir opinión sobre alternativas de solución; y Las demás que le atribuyan otras disposiciones legales y administrativas, así como las que le sean conferidas por sus superiores jerárquicos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.