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Ley
Reglamento Interior del Tribunal Electoral de la Ciudad de México
Artículo
11

Artículo 11 del Reglamento Interior del Tribunal Electoral de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

En las reuniones, la persona que preside (el o la Magistrada Presidente) es quien dirige la plática y mantiene el orden. El o la Secretaria General, siguiendo instrucciones del Presidente, primero revisa que haya suficientes personas para sesionar y luego propone el orden del día. Después de aprobar ese orden, las y los Magistrados discuten los temas hasta terminar la reunión, pero si un asunto es muy complicado, pueden decidir entre la mayoría posponerlo. Durante la junta solo hablan los Magistrados, aunque a veces pueden invitar a alguien más si todos están de acuerdo. Al final, se toma la votación sin permitir abstenciones, y se levanta un acta donde se resumen los comentarios y acuerdos; luego, los Magistrados pueden hacer observaciones al acta en los siguientes días hábiles antes de firmarla.

Texto oficial

Artículo 11. En las Reuniones se observará el procedimiento siguiente: I. La Magistrada o el Magistrado Presidente dirigirá el desarrollo de las Reuniones y debates que, en su caso, se susciten y conservará el orden durante la misma; II. La o el Secretario General, previa instrucción de la o el Magistrado Presidente, deberá: a) Certificar la existencia del quórum legal, y b) Poner a consideración del Pleno el proyecto del orden del día de la Reunión que se va a verificar. III. Aprobado el orden del día, las Magistradas y Magistrados procederán a su desahogo hasta llegar a la clausura de la Reunión. Solo en aquellos casos en que la complejidad del asunto así lo requiera, podrá postergarse la resolución respectiva, previo acuerdo de la mayoría de quienes integren el Pleno; IV. Durante la Reunión, solo participarán las Magistradas y los Magistrados y, previa autorización del Pleno, la o el Secretario General o cualquier otra persona, cuya intervención se considere necesaria para el tratamiento de un determinado asunto; V. A solicitud de la Magistrada o el Magistrado Presidente, la o el Secretario General tomará la votación respectiva. En ningún caso será válido el voto de abstención, ni quedará sin someterse a votación una determinada propuesta, y VI. La persona titular de la Secretaría General levantará el acta correspondiente, en la que se precisará el asunto discutido y se hará constar un extracto o resumen de los comentarios o aclaraciones que, en su caso, se formule. Asimismo, asentará las determinaciones adoptadas por el Pleno. Para el cumplimiento de los fines antes precisados, a más tardar el día hábil siguiente, la Secretaría General o, en su caso, la Secretaría Técnica, en el supuesto de ausencia previsto en los numerales 25, párrafo segundo y 29, fracción IX del Reglamento, elaborará fichas de trabajo, en las que únicamente se asentará un resumen de los posicionamientos asumidos por cada integrante del Pleno, en aquellos asuntos en los que hubo intervenciones, y la remitirá a las Magistradas y los Magistrados para sus observaciones. Dentro de los dos días hábiles siguientes a la recepción de las aludidas fichas de trabajo, las y los Magistrados remitirán los comentarios o adecuaciones a sus intervenciones, directamente a la o el Secretario General o, en su caso, a la o el Secretario Técnico, a fin de ser tomadas en consideración, para el texto definitivo del acta de que se trate. Una vez que la Secretaría General o, en su caso, la Secretaría Técnica, hayan insertado las observaciones formuladas por las Magistradas y los Magistrados a las fichas de trabajo previamente circuladas, las agregarán al texto del acta de Reunión respectiva. Hecho lo anterior, se listará en el proyecto del orden del día de la siguiente Reunión, un punto ex profeso, para la revisión y firma del acta de Reunión inmediata anterior, a fin de que ésta quede signada por las y los integrantes del Pleno que así lo estimen pertinente.. CAPÍTULO III DE LA MAGISTRADA O EL MAGISTRADO PRESIDENTE

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Tribunal Electoral de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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