- Ley
- Reglamento Interior del Tribunal Electoral de la Ciudad de México
- Artículo
- 119
Artículo 119 del Reglamento Interior del Tribunal Electoral de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Pleno, que es el grupo de todos los ministros o jueces más importantes, debe decidir el asunto en una audiencia abierta al público. Tiene un plazo máximo de diez días para hacerlo, empezando a contar desde el día después de que se repartió el borrador de la decisión. Esto significa que si el proyecto se distribuye un lunes, el reloj arranca el martes y tienen hasta el jueves de la siguiente semana para resolver.
Texto oficial
Artículo 119. El Pleno resolverá el asunto en sesión pública, en un plazo no mayor a diez días, contados a partir del siguiente a aquel en que se haya distribuido el proyecto de resolución.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.