- Ley
- Reglamento Interior del Tribunal Electoral de la Ciudad de México
- Artículo
- 14
Artículo 14 del Reglamento Interior del Tribunal Electoral de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si una o un Magistrado Presidente deja el cargo de manera definitiva, el Pleno —que es la reunión de todos los magistrados— va a elegir a otra persona para que ocupe ese puesto. Pero esa persona solo va a trabajar durante el tiempo que falte para terminar el periodo que dejó vacante el anterior presidente. La elección se hace siguiendo las mismas reglas que están explicadas en esta parte de la ley. Esto evita que el puesto quede sin nadie a cargo.
Texto oficial
Artículo 14. En caso de ausencia definitiva de la Magistrada o el Magistrado Presidente, el Pleno elegirá, en los términos previstos en este capítulo, a la o el Magistrado que haya de asumir el cargo únicamente para concluir el periodo de la vacante.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.