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Ley
Reglamento Interior del Tribunal Electoral de la Ciudad de México
Artículo
26

Artículo 26 del Reglamento Interior del Tribunal Electoral de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 26 explica las tareas de la Secretaría General de un tribunal electoral. Su trabajo incluye certificar documentos, repartir proyectos de sentencias y asegurarse de que todo esté listo para las sesiones del Pleno (la reunión de todos los magistrados). También debe publicar la lista de casos a discutir, verificar que los magistrados reciban los proyectos de fallo con al menos 24 horas de anticipación, y supervisar que se tomen notas de lo que se dice en las juntas. Además, ayuda al Presidente del tribunal a checar que se cumplan las leyes y las decisiones del Pleno, y se encarga de coordinar todo lo necesario para las reuniones, como certificar que haya suficientes asistentes y llevar las votaciones.

Texto oficial

Artículo 26. Para el ejercicio de las atribuciones que tiene conferidas en el Código y en la Ley Procesal Electoral, a la persona titular de la Secretaría General le corresponde lo siguiente: I. Certificar las actuaciones de la Comisión de Controversias en los procedimientos especiales a que se refiere el artículo 132, fracción IX de la Ley Procesal Electoral; II. Dar cuenta con los proyectos de sentencia que no resuelvan el fondo de un asunto, así como de aquéllos en que el Pleno lo acuerde; III. Tomar las medidas conducentes para publicar oportunamente en los estrados del Tribunal, la lista de los asuntos a resolver en la sesión correspondiente; IV. Solicitar con oportunidad a la Magistrada o el Magistrado ponente, original y copia de los proyectos de sentencia que se presentarán en la sesión respectiva; V. Verificar que las Magistradas y los Magistrados reciban, cuando menos con veinticuatro horas de anticipación, copia de los proyectos de sentencia que se presentarán en la sesión respectiva; VI. Legalizar, en el ámbito de su competencia y con la autorización de la Magistrada o el Magistrado Presidente, la firma de cualquier persona servidora del Tribunal en los casos que la ley lo exija; VII. Supervisar la elaboración de las versiones estenográficas de las sesiones del Pleno; VIII. Informar a la Magistrada o el Magistrado Presidente y al Pleno sobre el cumplimiento de las sentencias del Tribunal, con el objeto de que se determine lo procedente, así como del cumplimiento de los acuerdos que dicho órgano colegiado emita; IX. Coadyuvar con la Magistrada o el Magistrado Presidente en el seguimiento de la observancia de las disposiciones contenidas en los artículos 184, fracciones VI y IX, y 204, fracción XIII del Código; X. Coordinar la provisión de todos los elementos necesarios para la realización de las Sesiones y Reuniones de Pleno, así como certificar el quórum, tomar las votaciones y formular el acta respectiva de las sesiones del Pleno y Reuniones; XI. Derogado XII. Supervisar los archivos de la Secretaría General, y XIII. Las demás previstas en el Código o las que le encomiende el Pleno y/o la Magistrada o el Magistrado Presidente.

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Tribunal Electoral de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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