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Ley
Reglamento Interior del Tribunal Electoral de la Ciudad de México
Artículo
44

Artículo 44 del Reglamento Interior del Tribunal Electoral de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El jefe o jefa de la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, que trabaja en la Secretaría Administrativa del Tribunal, se encarga de planear y coordinar todo lo relacionado con compras, almacenes, inventarios, mantenimiento y servicios del Tribunal. También debe asegurarse de que los bienes y servicios básicos que se necesitan se adquieran y entreguen a tiempo, y de llevar un control de cosas como muebles, computadoras, vehículos y edificios. Otra de sus labores es preparar y vigilar el plan anual de compras y contrataciones, y checar que los proveedores cumplan con lo pactado; si alguien falla, se lo reporta al comité correspondiente. Además, coordina los informes de actividades y se asegura de que los pedidos y contratos cumplan con todos los requisitos legales.

Texto oficial

Artículo 44. La persona titular de la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, adscrita a la Secretaría Administrativa, tiene las atribuciones siguientes: I. Planear y coordinar la ejecución de los programas relativos a la administración de los recursos materiales, adquisiciones, almacenes, inventarios, servicios y mantenimiento del patrimonio del Tribunal; así como colaborar en las acciones que se realicen para su automatización; II. Coordinar y controlar el suministro de los recursos materiales y servicios generales, garantizando la adquisición de bienes y servicios básicos necesarios; III. Definir y validar los sistemas administrativos necesarios para el registro y control de inventarios de los bienes muebles, equipo de cómputo, parque vehicular e inmuebles con que cuenta el Tribunal; IV. Coordinar la elaboración y supervisar la ejecución del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios y, en su caso, de Obra Pública del Tribunal, de acuerdo a la calendarización y al presupuesto autorizado; V. Definir las políticas y procedimientos que permitan operar la adquisición de bienes y servicios del Tribunal y dirigir la integración y custodia de la memoria documental de los procesos; VI. Coordinar e integrar las propuestas que permitan la mejora continua de los procedimientos del área y de la elaboración del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del Tribunal; VII. Coordinar la preparación de la información y documentación requerida, para la realización de las sesiones del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del Tribunal; VIII. Dar seguimiento a los acuerdos emitidos por el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del Tribunal; IX. Coordinar que la dotación de bienes y servicios se efectúe conforme a las condiciones pactadas en los contratos respectivos y establecer los controles necesarios para verificar su cumplimiento; en caso de incumplimiento, notificar al Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios, para los efectos conducentes; X. Coordinar la comunicación institucional con los órganos o áreas, a fin de detectar las necesidades de bienes y servicios que se requieran, para programar el suministro oportuno; XI. Planear y coordinar la operación del almacén, a fin de asegurar el resguardo de los bienes adquiridos por el Tribunal; XII. Proponer los proyectos y actividades de la Subdirección, para ser integrados en el Programa Operativo Anual, así como dar seguimiento a su cumplimiento; XIII. Coordinar la elaboración de los informes trimestrales y anuales de las actividades del área; XIV. Coordinar y dar seguimiento a la formalización de los pedidos de compra, los contratos de obras y de adquisición de bienes y servicios requeridos, previo cumplimiento de las formalidades jurídicas y normativas establecidas; en caso de incumplimiento por parte de personas proveedoras o prestadoras de servicios, notificar al Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios, para los efectos conducentes; XV. Planear y coordinar las medidas y controles pertinentes para asegurar que se cuente con los espacios físicos y los servicios necesarios, para el cumplimiento de las actividades institucionales; XVI. Coordinar las acciones necesarias para el funcionamiento del Comité de Protección Civil del Tribunal y supervisar el cumplimiento de los acuerdos emanados de este; XVII. Coordinar y supervisar los trabajos de mantenimiento preventivo y correctivo que requieran los bienes muebles e inmuebles del Tribunal; XVIII. Controlar y asegurar la conservación de los documentos técnicos, administrativos y jurídicos de los inmuebles del Tribunal; XIX. Establecer los mecanismos y medidas correspondientes, para actuar en caso de pérdida, daño, robo, negligencia, uso indebido de los recursos materiales, bienes muebles e inmuebles ocasionados al patrimonio del Tribunal; XX. Coordinar, en el ámbito de su competencia, las acciones necesarias sobre el destino final de los bienes muebles dados de baja del inventario y del patrimonio del Tribunal; XXI. Participar en la sustanciación de los procedimientos relacionados con la enajenación de los bienes, arrendamiento y adquisición de inmuebles que requiera el Tribunal; XXII. Coordinar el funcionamiento de los almacenes, bodegas y estacionamientos y demás espacios físicos, para la operación de las actividades del Tribunal; XXIII. Elaborar, validar y dar seguimiento a los acuerdos emitidos por el Comité de Obra Pública del Tribunal; XXIV. Administrar el Fondo Revolvente asignado al área, con el objeto de cubrir necesidades de carácter urgente e imprevistas, orientadas a cumplir objetivos específicos y que requieran un pago inmediato; XXV. Implementar las políticas y medidas de control necesarias, para garantizar la correcta asignación, prestación, conservación y mantenimiento de las unidades del parque vehicular del Tribunal; XXVI. Dar seguimiento a las acciones, servicios y trabajos encaminados a la conservación, mantenimiento y reparación de instalaciones eléctricas, hidráulicas, de gas y de servicios generales requeridos por el Tribunal; XXVII. Elaborar las bases de licitación, convocatorias y programación de eventos relacionados con los procedimientos para la adquisición de bienes y contratación de servicios, conforme a la normativa establecida; XXVIII. Atender en el ámbito de su competencia, los procedimientos establecidos para la adquisición, arrendamiento y/o contratación de servicios; XXIX. Participar, en el ámbito de su responsabilidad, en los actos relacionados con las adquisiciones, arrendamientos y contratación de servicios, que se llevan a cabo mediante licitación pública, invitación restringida y adjudicación directa; XXX. Validar y dar seguimiento, de acuerdo al ámbito de su competencia, para que los trámites de pago a personas proveedoras o prestadoras de servicios se realicen oportunamente y conforme a los procedimientos internos; XXXI. Consolidar la información generada en su ámbito de responsabilidad, de las adquisiciones de bienes, arrendamientos y contratación de servicios, y XXXII. Se deroga. XXXIII. Cerciorarse, antes de la celebración de contratos de adquisiciones, arrendamientos o para la enajenación de todo tipo de bienes, prestación de servicios de cualquier naturaleza o la contratación de obra pública o servicios relacionados con esta, que la persona manifieste bajo protesta de decir verdad que no desempeña empleo, cargo o comisión en el servicio público o, en su caso, que a pesar de desempeñarlo, con la formalización del contrato correspondiente no se actualiza un conflicto de interés. Las manifestaciones respectivas deberán constar por escrito y hacerse del conocimiento del órgano interno de control, previo a la celebración del acto en cuestión. En caso de que el contratista sea persona moral, dichas manifestaciones deberán presentarse respecto a los socios o accionistas que ejerzan control sobre la sociedad; XXXIV. Validar y dar seguimiento, de acuerdo al ámbito de su competencia, para que los trámites de pago a personas proveedoras o prestadoras de servicios se realicen oportunamente y conforme a los procedimientos internos; y XXXV. Aquellas encomendadas por la instancia jerárquicamente superior relacionadas con su puesto. CAPÍTULO VIII DE LA DIRECCIÓN JURÍDICA

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Tribunal Electoral de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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