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Ley
Reglamento Interior del Tribunal Electoral de la Ciudad de México
Artículo
52

Artículo 52 del Reglamento Interior del Tribunal Electoral de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El jefe de la Contraloría tendrá ayuda de varias oficinas llamadas Direcciones de área, que están mencionadas en este reglamento. Para ser director o directora de una de esas oficinas, es necesario cumplir con los requisitos que vienen en el Manual de Organización y Funcionamiento del Tribunal. Ese manual es un documento que explica cómo está organizado el Tribunal y qué reglas seguir.

Texto oficial

Artículo 52. Para el debido desempeño de sus atribuciones, la persona titular de la Contraloría contará con el apoyo de las Direcciones de área previstas en este Reglamento. Para ocupar el cargo de director/a de área en la Contraloría, deberán cumplirse los requisitos establecidos en el Manual de Organización y Funcionamiento del Tribunal.

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Tribunal Electoral de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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