- Ley
- Reglamento Interior del Tribunal Electoral de la Ciudad de México
- Artículo
- 56
Artículo 56 del Reglamento Interior del Tribunal Electoral de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando decidan si te van a ayudar o no, deben hacer un documento con razones claras, basado en la ley. Si te aceptan, ese documento debe tener: las leyes que usaron, tus datos, de qué trata tu asunto, por qué te ayudan, el nombre de la abogada o abogado que te va a atender y cualquier otra información que pida el jefe de la Defensoría Ciudadana. Si te niegan la ayuda, además de todo lo anterior, deben explicar bien por qué te la niegan. Todos esos documentos se guardan en tu expediente y deben llevar la firma de la persona que los hizo y del titular de la Defensoría Ciudadana.
Texto oficial
Artículo 56. Al emitir los dictámenes fundados y motivados en los que se justifique la prestación o no de los servicios, se observará lo siguiente: I. En los casos de aceptación de la prestación del servicio, bastará que se establezca en el dictamen respectivo, además de las generalidades formales, la cita de los preceptos jurídicos aplicables, los datos de identificación de la persona solicitante, una breve referencia del asunto que se plantea, las causas por las cuales se acepta, el nombre de la abogada/o defensora o defensor al que se le asigna el asunto y los datos o rubros que la persona titular de la Defensoría Ciudadana determine; II. En el caso de negativa de los servicios, el dictamen deberá contener, además de lo precisado en la fracción que antecede, la justificación que sustente la negativa; Los dictámenes formarán parte del expediente del servicio y deberán ser rubricados y firmados por la o el abogado dictaminador y por la persona Titular de la Defensoría Ciudadana.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.