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Ley
Reglamento Interior del Tribunal Electoral de la Ciudad de México
Artículo
73

Artículo 73 del Reglamento Interior del Tribunal Electoral de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 73 dice que la persona encargada de la Coordinación de Derechos Humanos y Género tiene varias tareas adicionales a las que ya tiene por ley. Entre sus labores está proponer alianzas con instituciones públicas o privadas sobre derechos humanos y género, capacitar al personal del tribunal en temas de igualdad y justicia con perspectiva de género, y promover estudios académicos sobre estos temas. También debe hacer reportes estadísticos, asegurarse de que se cumplan los acuerdos del Comité de Género, y asesorar a todas las áreas del tribunal para incluir la perspectiva de género. Además, tiene que difundir información sobre género y derechos humanos, apoyar a la presidenta o presidente del tribunal en eventos relacionados, y promover una cultura democrática basada en derechos humanos.

Texto oficial

Artículo 73. Además de las atribuciones conferidas en el Código, la persona titular de la Coordinación de Derechos Humanos y Género tiene las siguientes: I. Proponer la construcción de redes de colaboración y sinergia, con instituciones públicas o privadas en materia de derechos humanos y género, nacionales e internacionales; II. Coordinar, con el apoyo del Instituto de Capacitación, la formación, capacitación y certificación del personal en materia de género e igualdad sustantiva, impartición de justicia con perspectiva de género y Derechos Humanos; III. Promover, con el apoyo del Instituto de Capacitación, estudios e investigaciones académicas en materia de género, derechos humanos y grupos en situación de vulnerabilidad, en el marco de competencia del Tribunal; IV. Elaborar, en coordinación con la Unidad de Estadística y Jurisprudencia, los informes estadísticos jurisdiccionales y administrativos en materia de derechos humanos, igualdad laboral y paridad, violencia política con elementos de género contra las mujeres y personas en situación de vulnerabilidad; V. Promover medidas de protección de derechos humanos de las mujeres y personas en situación de vulnerabilidad en el marco de los procesos jurisdiccionales en las que se encuentren vinculadas; VI. Coordinar, operar y dar seguimiento a los acuerdos emitidos por el Comité de Género y Derechos Humanos del Tribunal; VII. Proporcionar asesoría especializada para la incorporación de la perspectiva de género a todos los órganos o áreas del Tribunal; VIII. Dar seguimiento, en el ámbito de su competencia y atribuciones, al cumplimiento de las obligaciones del Tribunal que señale la normativa aplicable, a Planes y Programas locales en materia de género y derechos humanos; IX. Desarrollar programas, proyectos y acciones adecuadas con las líneas de acción del Programa General de Igualdad y del Programa de Derechos Humanos de la Ciudad de México, en el ámbito de competencia y atribuciones del Tribunal; X. Desarrollar, en el ámbito de su competencia, programas, proyectos y acciones de sensibilización y formación en materia de género, derechos humanos y personas en situación de vulnerabilidad; XI. Realizar actividades de Difusión en materia de género y derechos humanos, con el apoyo de las Coordinaciones de Difusión y Publicación, así como de Comunicación Social y Relaciones Publicas; XII. Auxiliar a la Magistrada o el Magistrado Presidente en los eventos y reuniones a las que sea convocado el Tribunal, para atender los temas vinculados con género y derechos humanos; XIII. Promover la cultura democrática y la construcción de ciudadanía desde la perspectiva de derechos humanos y de género como criterios de orientación, y XIV. Se deroga XV. Consultar con el Comité de Género y Derechos Humanos del Tribunal; y XVI. Las demás que le confieren las disposiciones aplicables, le encomienden el Pleno o la Magistrada o el Magistrado Presidente. CAPÍTULO XII DEL INSTITUTO DE CAPACITACIÓN

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Tribunal Electoral de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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