- Ley
- Reglamento Interior del Tribunal Electoral de la Ciudad de México
- Artículo
- 72
Artículo 72 del Reglamento Interior del Tribunal Electoral de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La persona que está a cargo de la Coordinación de Vinculación y Relaciones Internacionales tiene varias responsabilidades principales. Su trabajo es conectar al Tribunal con otras instituciones electorales, tanto de México como del extranjero, para aprender de sus experiencias y mejorar la justicia electoral local. También se encarga de organizar convenios y acuerdos con esas instituciones, siempre con el visto bueno del Pleno (que es el grupo de jueces que toman las decisiones importantes). Además, debe mantener informados a los jueces sobre lo que hacen otras autoridades electorales, como el INE (Instituto Nacional Electoral) o los tribunales locales, y ayudar a coordinar las actividades entre las diferentes áreas del Tribunal. Finalmente, colabora con otras áreas internas, como la de Derechos Humanos y Género, para organizar eventos o investigaciones sobre igualdad de género y derechos humanos en elecciones.
Texto oficial
Artículo 72. La persona titular de la Coordinación de Vinculación y Relaciones Internacionales tiene las atribuciones siguientes: I. Establecer mecanismos y procedimientos para la vinculación con organismos electorales nacionales e internacionales, y/o instituciones u organizaciones interesadas en la materia electoral, que permitan captar propuestas y experiencias que fortalezcan el ámbito electoral local; II. Coordinar, previa determinación del Pleno, la celebración de convenios, bases de colaboración y cualquier otro instrumento jurídico de naturaleza análoga, con órganos, organismos y/o autoridades electorales nacionales, internacionales y/o de las entidades federativas; dependencias y/o instituciones nacionales, internacionales o locales, para el desarrollo de programas, proyectos y ejecución de las acciones que competan al Tribunal; III. Fomentar la vinculación, entre los distintos órganos o áreas del Tribunal, con organismos nacionales e internacionales especializados en diversas materias que sean de interés institucional; IV. Facilitar la coordinación entre las distintas áreas del Tribunal con los Organismos Públicos Locales, con el Instituto Nacional y Tribunales locales, y las Salas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; V. Mantener permanentemente informado al Pleno de las actividades que el Instituto Nacional, el Instituto Electoral, los Tribunales locales y las Salas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación realicen y sean relevantes para la vida democrática de la Ciudad de México; VI. Analizar temas y aspectos relacionados con el Instituto Nacional Electoral a solicitud de la Magistrada o el Magistrado Presidente o del Pleno; VII. Coadyuvar con la Coordinación de Derechos Humanos y Género en la elaboración y cumplimiento de las obligaciones nacionales e internacionales que el Tribunal tenga en materia de derechos humanos y en paridad de género; VIII. Coadyuvar con la Coordinación de Derechos Humanos y Género y con el Instituto de Capacitación, con actividades de logística, gestiones financieras y relativas, en la implementación o realización de programas, actividades, foros, eventos y estudios de investigación relacionados con la promoción, respeto, protección y garantía de los derechos humanos y la igualdad de género en el ámbito político-electoral, dentro o fuera de las instalaciones del Tribunal; IX. Canalizar las comunicaciones que se reciban de las dependencias y órganos autónomos locales, federales, nacionales o internacionales, a las diversas áreas del Tribunal Electoral para su debida atención, en el ámbito de sus atribuciones; X. Coadyuvar con la Secretaría General en cumplimiento a las atribuciones que le sean encomendadas con los organismos externos, y XI. Las demás que le confieren las disposiciones aplicables, le encomienden el Pleno o la Magistrada o el Magistrado Presidente.
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