- Ley
- Reglamento Interior del Tribunal Electoral de la Ciudad de México
- Artículo
- 83
Artículo 83 del Reglamento Interior del Tribunal Electoral de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría Técnica de la Comisión de Controversias tiene varias tareas: apoya a la Comisión estudiando expedientes y ayuda a que los trabajadores y los patrones lleguen a un acuerdo sin juicio. También redacta proyectos de acuerdos y sentencias según lo que le digan, y realiza los trámites necesarios para que los asuntos puedan resolverse. Asiste a las reuniones a las que la convoquen y hace todo lo demás que le ordenen las leyes o sus jefes.
Texto oficial
Artículo 83. Son atribuciones de la Secretaría Técnica de la Comisión de Controversias las siguientes: I. Apoyar a la Comisión de Controversias en el estudio y análisis de los expedientes; II. Auxiliar en la procuración de un arreglo conciliatorio entre las partes en los conflictos de trabajo; III. Elaborar los anteproyectos de acuerdos y sentencias, conforme a las instrucciones de la Comisión de Controversias; IV. Auxiliar en la práctica de las diligencias necesarias para la sustanciación de los procedimientos, a fin de poner los autos en estado de resolución, así como en la ejecución de las resoluciones laborales y administrativas; V. Participar en las reuniones a las que sea convocada/o por la Comisión de Controversias, y VI. Las demás que le confieran las disposiciones aplicables o las que le encomienden el Pleno y la Comisión de Controversias.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.