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Ley
Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
Artículo
10

Artículo 10 del Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 10 dice que esta Sala Superior puede trabajar de tres formas: en Pleno General (cuando se reúnen todos los miembros para asuntos importantes), en Pleno Jurisdiccional (para resolver casos legales) y en una Sección Especializada (que atiende temas muy específicos). Las juntas del Pleno General son abiertas al público y se transmiten por internet, aunque en algunos casos que marca la ley pueden ser privadas, pero luego se publica una versión para que la gente la consulte. Las juntas del Pleno Jurisdiccional y de la Sección Especializada siempre son públicas. De todas las juntas se debe grabar el audio y hacer un acta (un documento oficial que registra lo que se habló y acordó).

Texto oficial

Artículo 10. La Sala Superior funcionará en Pleno General, Pleno Jurisdiccional y en una Sección Especializada conforme a la competencia y atribuciones que le confieren la Ley Orgánica, así como otras disposiciones legales aplicables. Las sesiones del Pleno General serán públicas y se transmitirán por medios electrónicos. Solo en los casos que la ley lo establezca, las sesiones podrán ser privadas, pero se hará versión pública para consulta ciudadana, mientras que las sesiones del Pleno Jurisdiccional y de la Sección Especializada únicamente serán públicas. De toda sesión deberá constar registro en audio y acta correspondiente.

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.