- Ley
- Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
- Artículo
- 9
Artículo 9 del Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 9 dice cómo se organiza el personal que trabaja en el Tribunal. Cada jefe o área tiene un equipo específico asignado. Por ejemplo, la Presidencia del Tribunal tiene a su cargo a varios secretarios y directores, como el de Administración o el de Comunicación Social. A su vez, los magistrados de la Sala Superior y de la Sala Ordinaria tienen secretarios que les ayudan a estudiar los casos o a tramitar los acuerdos. También hay personal, como abogados o visitadores, que depende de otras áreas como Atención Ciudadana o la Junta de Gobierno. Todo esto es aparte del personal judicial y administrativo que ya tienen asignado.
Texto oficial
Artículo 9. Los servidores públicos que ocupen los cargos referidos en el artículo anterior, quedarán adscritos de la siguiente manera: I. A la Presidencia del Tribunal: las Secretarias o los Secretarios Generales de Acuerdos I y II, la Secretaria o el Secretario General de Compilación y Difusión, la Secretaria o el Secretario General de Atención Ciudadana, la Secretaria o el Secretario Técnico de la Junta, la Coordinadora o el Coordinador de Asesores, la Secretaria o el Secretario Particular, la Directora o el Director General de Administración, el Titular de la Unidad de Transparencia, la Directora o el Director General del Instituto, la Directora o el Director de la Revista del Tribunal y la Directora o el Director de Comunicación Social y de Relaciones Públicas del Tribunal; II. A la Presidencia de la Sección Especializada: la Secretaria o el Secretario General de Acuerdos Adjunto; III. A las Magistradas o los Magistrados de Sala Superior: las Secretarias o los Secretarios de Estudio y Cuenta; IV. A las Magistradas o los Magistrados de Sala Ordinaria: las Secretarias o los Secretarios de Acuerdos y las Actuarias o los Actuarios; V. A las Secretarias o los Secretarios Generales de Acuerdos: las Secretarias o Secretarios de Acuerdos, la Coordinadora o el Coordinador de Actuaría de la Sala Superior y las Actuarias o Actuarios adscritos a la misma; VI. A la Secretaria o el Secretario General de Compilación y Difusión: una Secretaria o Secretario de Estudio y Cuenta; VII. A la Secretaría General de Atención Ciudadana: las y los abogados especializados; VIII. A la Junta de Gobierno y Administración: las Visitadoras y los Visitadores; IX. A la o el Director General del Instituto: Una Directora o un Director de Posgrado; Una Secretaria o un Secretario Técnico; una o un Titular de la Unidad Técnica de Derechos Humanos y Equidad de Género y una Encargada o un Encargado de la Biblioteca del Tribunal; Lo anterior, con independencia del personal jurisdiccional y administrativo que tengan adscritos. CAPÍTULO IV DE LA SALA SUPERIOR Sección I DEL PLENO GENERAL, PLENO JURISDICCIONAL Y SECCIÓN ESPECIALIZADA
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