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Ley
Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
Artículo
8

Artículo 8 del Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 8 dice que el Tribunal está formado por distintas áreas y personas que trabajan en él. Por ejemplo, están los grupos que toman decisiones importantes como el Pleno General y el Pleno Jurisdiccional, además de secciones especializadas que ven casos de mala administración o derechos ciudadanos. También menciona a los jefes, como la Presidencia del Tribunal, y a secretarios y secretarias que ayudan con acuerdos, atención al público o archivos legales. Hay coordinadores, actuarios (que entregan notificaciones), abogados expertos y hasta encargados de la biblioteca o de derechos humanos. En resumen, este artículo solo enumera todos los puestos y áreas que existen dentro del Tribunal, sin explicar qué hace cada uno.

Texto oficial

Artículo 8. El Tribunal se integrará con los órganos y servidores públicos, siguientes: 1) Pleno General; 2) Pleno Jurisdiccional; 3) Sección Especializada de la Sala Superior, en materia de Responsabilidades Administrativas y Derecho a la Buena Administración; 4) Presidencia del Tribunal; 5) Presidencia de Sección Especializada de la Sala Superior; 6) Junta de Gobierno y Administración; 7) Salas Ordinarias Jurisdiccionales; 8) Sala Ordinaria Especializada en materia de Responsabilidades Administrativas y Derecho a la Buena Administración; 9) Secretarias o Secretarios Generales de Acuerdos I y II; 10) Secretaria o Secretario General de Compilación y Difusión; 11) Secretaria o Secretario General de Atención Ciudadana; 12) Secretaria o Secretario General de Acuerdos Adjunto a la Sección Especializada de la Sala Superior; 13) Secretaria o Secretario Técnico de la Junta; 14) Secretarias o Secretarios de Estudio y Cuenta de la Sala Superior; 15) Secretarias o Secretarios de Acuerdos de Salas Ordinarias, y los adscritos a otras áreas; 16) Coordinadora o Coordinador de Actuaría de la Sala Superior; 17) Actuarias o Actuarios de la Sala Superior; 18) Actuarias o Actuarios de las Salas Ordinarias; 19) Coordinadora o Coordinador de Asesores; 20) Secretaria o Secretario Particular; 21) Abogadas o Abogados Especializados, a que se refiere el párrafo segundo del artículo 62 de la Ley Orgánica; 22) Directora o Director General de Administración; 23) Titular de la Unidad de Transparencia; 24) Titular del Órgano Interno de Control; 25) Directora o el Director General del Instituto de Especialización en Justicia Administrativa de la Ciudad de México; 26) Directora o Director de Posgrado; 27) Directora o Director de la Revista del Tribunal; 28) Secretaria o Secretario Técnico del Instituto 29) Titular de la Unidad Técnica de Derechos Humanos y Equidad de Género; 30) Encargada o un Encargado de la Biblioteca del Tribunal; 31) Directora o Director de Comunicación Social y de Relaciones Públicas del Tribunal; 32) Oficiales Jurisdiccionales; y 33) Visitadoras y Visitadores, quienes actuarán en términos del Reglamento de Visitas. Las demás personas servidoras públicas que las necesidades del servicio requieran y determine su presupuesto.

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.