- Ley
- Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
- Artículo
- 105
Artículo 105 del Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que el Tribunal debe manejar su administración siguiendo las reglas que ya están escritas en la Constitución de México, la Constitución de la Ciudad de México, y otras leyes sobre cómo gastar el dinero de manera responsable y transparente. También debe cumplir con las reglas internas que decidan los jueces del Tribunal. Si hay algún asunto administrativo que no esté cubierto por esas leyes, entonces será la Junta quien tome la decisión final al respecto.
Texto oficial
Artículo 105. La administración del Tribunal, se sujetará a los principios aplicables establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Constitución Política de la Ciudad de México, Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México, en la Ley Orgánica, este Reglamento, así como a las disposiciones de carácter interno que emita el Pleno General de la Sala Superior o la Junta. En todo aquello que en materia administrativa no se encuentre previsto en los ordenamientos señalados, será resuelto por la Junta.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.