- Ley
- Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
- Artículo
- 106
Artículo 106 del Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando tengas que cumplir con una obligación administrativa que haga que el Tribunal gaste dinero, solo se va a poder hacer si hay presupuesto disponible. Es decir, no se puede obligar al Tribunal a pagar algo si no tiene los recursos aprobados para ese gasto. Todo depende de que haya "lana" suficiente en el presupuesto.
Texto oficial
Artículo 106. El cumplimiento de las obligaciones en materia administrativa que conlleven una erogación para el Tribunal, se encontrará sujeto a la suficiencia presupuestal.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.