Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-interior-tribunal-justicia-administrativa/127
Ley
Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
Artículo
127

Artículo 127 del Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La directora o el director general del Instituto tiene que hacer varias cosas: cada año debe presentar un informe al Pleno General de la Sala Superior. También debe pedirle al Presidente los recursos económicos que necesite el Instituto y luego solicitar que se usen. Preside las reuniones del Consejo Académico y propone a la Junta de Gobierno quiénes ocuparán ciertos puestos, como los de la Dirección de Posgrado o la Biblioteca. Además, elige a los ponentes y los cursos de posgrado según el plan del año, y se encarga de recomendar y llevar a cabo programas académicos como cursos, seminarios o conferencias. Por último, puede hacer todo lo demás que esté relacionado con sus funciones administrativas, técnicas o especializadas que la Junta de Gobierno le autorice.

Texto oficial

Artículo 127. La Directora o el Director General deberá: I. Rendir un informe anual al Pleno General de la Sala Superior; II. Solicitar al Presidente los recursos económicos que requiera el Instituto; III. Solicitar la aplicación de los recursos asignados; IV. Presidir las sesiones del Consejo Académico; V. Proponer a la Junta de Gobierno, a las personas que ocuparán los puestos de: la Dirección de Posgrado, la Secretaría Técnica del Instituto, la Unidad Técnica de Derechos Humanos y Equidad de Género, Encargada o Encargado de la Biblioteca y demás personal adscrito al Instituto; VI. Presentar al Pleno General de la Sala Superior del Tribunal, a los integrantes del Consejo Académico; VII. Proponer y seleccionar ponentes y cursos de posgrado en las materias competencia del Tribunal, conforme al plan anual de actividades aprobado; VIII. Recomendar y ejecutar los programas académicos y sobre los temas y ponentes de cursos, seminarios, foros, talleres y conferencias u otros similares; y IX Todas aquellas otras facultades inherentes a su estructura y función administrativa, técnica y especializada que autorice la Junta de Gobierno.

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.