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Ley
Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
Artículo
129

Artículo 129 del Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Secretario Técnico del Instituto tiene que organizar el trabajo de todo el año según el plan que aprueba la Sala Superior. También debe proponer ideas para que el Instituto funcione mejor, ser el secretario del Consejo Académico y cumplir con lo que ese Consejo decida. Además, puede reemplazar al Director General cuando este se lo pida y hacer cualquier otra tarea relacionada con su puesto que el Director le autorice.

Texto oficial

Artículo 129. La Secretaria o el Secretario Técnico del Instituto deberá: I. Implementar anualmente la organización del trabajo requerido para cumplir con lo especificado en el plan anual de actividades propuesto por la Directora o el Director General y aprobado por el Pleno General de la Sala Superior; II. Sugerir estrategias y acciones para el mejor desempeño del Instituto; III. Fungir como Secretaria o Secretario Técnico del Consejo Académico; IV. Ejecutar los acuerdos del Consejo Académico; V. Suplir a la Directora o Director General en las encomiendas que éste disponga; y VI. Todas aquellas otras facultades inherentes a su estructura y función administrativa, técnica y especializada que autorice la Directora o Director General.

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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