- Ley
- Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
- Artículo
- 141
Artículo 141 del Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los empleados del Tribunal que aparecen en esta lista son considerados "de confianza", según una ley federal especial para trabajadores del gobierno. Los trabajadores de base (los que tienen plaza fija) se rigen por las reglas generales de trabajo del Tribunal. Este reglamento empieza a aplicarse al día siguiente de publicarse en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Se cancela el reglamento anterior del Tribunal, pero los manuales y horarios viejos siguen vigentes mientras no se actualicen y mientras no contradigan a este nuevo reglamento. La reforma de 2021 también entra en vigor al día siguiente de publicarse y mantiene los manuales viejos si no se oponen a lo nuevo.
Texto oficial
Artículo 141. Todas los servidores públicos enlistadas en el presente capítulo, son consideradas como empleadas de confianza en los términos de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del apartado B) del artículo 123 Constitucional. Las personas servidoras públicas de base se regirán conforme a las Condiciones Generales de Trabajo. TRANSITORIOS PRIMERO. El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. SEGUNDO. Se abroga el Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del veintiuno de diciembre de dos mil diecisiete. TERCERO. Hasta en tanto no se actualicen los manuales y procedimientos administrativos, continuarán vigentes los existentes, siempre y cuando no se contrapongan al contenido y alcance del presente Reglamento. CUARTO. Serán respetados los horarios distintos al señalado en el presente Reglamento, respecto de los servidores públicos que ya laboran en el Tribunal, establecidos en sus nombramientos antes de la entrada en vigor de este reglamento y con base en las Condiciones Generales de Trabajo, de ser aplicables. QUINTO. Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. CIUDAD DE MÉXICO, A 31 DE MAYO DE 2019 LIC. OFELIA PAOLA HERRERA BELTRÁN SECRETARIA GENERAL DE ACUERDOS “I” (Firma) TRANSITORIO DEL ACUERDO TOMADO POR EL PLENO GENERAL DE LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO EN SESIÓN CELEBRADA EL DÍA VEINTE DE ENERO DE DOS MIL VEINTIUNO, AL AMPARO DEL ACUERDO TOMADO POR EL PLENO GENERAL DE LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, POR EL QUE SE AUTORIZA EL USO DE MEDIOS REMOTOS TECNOLÓGICOS DE COMUNICACIÓN COMO MEDIOS OFICIALES PARA CONTINUAR CON LAS FUNCIONES ESENCIALES Y SE ESTABLECEN MEDIDAS PARA LA CELEBRACIÓN DE LAS SESIONES DE LOS ÓRGANOS COLEGIADOS DE ESTE ÓRGANO JURISDICCIONAL, CON MOTIVO DE LA EMERGENCIA SANITARIA POR CAUSA DE FUERZA MAYOR DERIVADA DE LA PANDEMIA GENERADA POR EL VIRUS SARS-COV2 (COVID 19)” APROBADO EN SESIÓN EXTRAORDINARIA DE PLENO GENERAL DE FECHA TRECE DE ABRIL DE DOS MIL VEINTE; POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES AL REGLAMENTO INTERIOR DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DE LA CUIDAD DE MÉXICO, SIENDO LAS SIGUIENTES, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EL DÍA 02 DE FEBRERO DE 2021. PRIMERO.- La presente reforma entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. SEGUNDO.- Hasta en tanto no se actualicen los manuales y procedimientos administrativos, continuarán vigentes los existentes, siempre y cuando no se contrapongan al contenido y alcance de la presente reforma. Ciudad de México, a 20 de enero de 2021. LICENCIADA BEATRIZ ISLAS DELGADO SECRETARIA GENERAL DE ACUERDOS “I” (Firma)
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