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Ley
Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
Artículo
19

Artículo 19 del Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría General de Acuerdos Adjunta de la Sección Especializada es como el equipo de apoyo del jefe y los jueces de esa área. Sus tareas principales son ayudarle al Presidente a hacer su trabajo, organizar los trámites legales como quejas o amparos, y preparar las reuniones donde se toman decisiones. También se encarga de escribir las actas de lo que se acuerda en esas juntas, llevar el control de los casos que cada juez debe resolver, y expedir copias o constancias cuando alguien las pide. Además, tiene que entregar reportes mensuales y anuales de lo que hace, y certificar documentos oficiales cuando otra autoridad los solicita.

Texto oficial

Artículo 19. A la Secretaría General de Acuerdos Adjunta de la Sección Especializada, le corresponden las atribuciones siguientes: I. Auxiliar al Presidente de la Sección Especializada en Materia de Responsabilidades Administrativas, en el cumplimiento de sus facultades y atribuciones; II. Tramitar los recursos de apelación, procedimientos y demás medios de defensa competencia de la Sección Especializada en Materia de Responsabilidades Administrativas, así como las demandas de amparo y recursos de revisión cuando procedan, en los que se señalen como autoridad responsable a la Sección, a su Presidente o cualquiera de las Magistradas o los Magistrados que la integran; III. Acordar con el Presidente de la Sección de la Sala Superior, los asuntos a tratar en las sesiones; IV. Convocar a sesiones de la Sección de la Sala Superior, cuando lo determine el Presidente de la misma; V. Convocar en la primera sesión de cada año, para la elección del Presidente de la Sección; VI. Dar cuenta de los asuntos a tratar en las sesiones de la Sección de la Sala Superior y recabar la votación de las Magistradas o los Magistrados sobre los acuerdos sometidos a su consideración; VII. Elaborar el acta correspondiente a cada sesión de la Sección de la Sala Superior, así como, redactar los acuerdos que se hayan tomado e instrumentar lo necesario para su cumplimiento; VIII. Dar fe y firmar las actuaciones y acuerdos de la Sección de la Sala Superior; IX. Llevar el turno de las Magistradas o los Magistrados a quienes corresponda formular proyectos de resolución de los asuntos que sean de la competencia de la Sección de la Sala Superior; X. Llevar el registro de las sustituciones de las Magistradas o los Magistrados de la Sección de la Sala Superior; XI. Remitir a la Magistrada o Magistrado de la Sección de la Sala Superior que corresponda, los recursos de apelación, procedimientos y demás medios de defensa que le corresponda, así como cumplimientos de ejecutoria e incidentes; XII. Expedir las certificaciones y las constancias que soliciten las partes, de los asuntos que se estén tramitando en la Secretaría General de Acuerdos adjunta, así como cuando lo ordene el Presidente de la Sección de la Sala Superior; XIII. Tramitar y firmar la correspondencia relacionada con su competencia, así como dar respuesta en tiempo a las solicitudes de acceso a la información pública que correspondan a dicha área; XIV. Rendir al Presidente del Tribunal, un informe mensual y anual por escrito de las labores de la Sección Especializada de la Sala Superior, conforme al calendario establecido por la Junta; XV. Proporcionar a la Secretaría General de Compilación y Difusión, para efectos estadísticos, un tanto más del informe mensual de labores rendido a la Presidencia del Tribunal, conforme al calendario que emita la Junta; XVI. Certificar la documentación de carácter jurisdiccional y administrativa que obre en el área a su cargo, que sea requerida por otras autoridades o los particulares, cuando proceda y, en su caso, previo pago de derechos; XVII. Verificar que el personal de su adscripción realice las capturas y registros que requiera el Sistema de acuerdo a las actividades encomendadas; y XVIII. Llevar el registro y certificación de las firmas de las Magistradas y Magistrados, de la Sala Ordinaria Especializada; y XIX.- Las demás que les confieran otras disposiciones legales aplicables y las que les encomiende la Sección Especializada de la Sala Superior, el Presidente de la misma y la Junta de Gobierno y Administración. Sección VI DE LA SECRETARÍA GENERAL DE COMPILACIÓN Y DIFUSIÓN

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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