- Ley
- Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
- Artículo
- 18
Artículo 18 del Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Oficialía de Partes se encarga de registrar todas las demandas, quejas o documentos legales que lleguen al Tribunal, y les asigna un número de turno al azar cuando son nuevos. También debe repartir esos documentos al juez o sala que les toque según el turno, y enviar al día siguiente cualquier escrito que llegue al área correcta. Si el sistema de computadora falla o no hay luz, tienen 20 minutos para empezar a recibir documentos a mano o con un reloj especial, y levantar un acta con dos testigos para dejar constancia de lo que pasó. Además, cada mes y cada año deben entregar un reporte escrito de todo lo que hicieron.
Texto oficial
Artículo 18. Son atribuciones de la Oficialía de Partes: I. Registrar en el Sistema las demandas, expedientes de acción de responsabilidad administrativa, recursos de apelación, consignaciones, promociones y en general cualquier medio de defensa, para que les asigne el número de turno que les corresponda, el cual será aleatorio en caso de ser de nuevo ingreso; II. Remitir las consignaciones a la Secretaría General de Acuerdos para su trámite correspondiente; III. Distribuir, las demandas interpuestas, a la ponencia que corresponda según el turno asignado; IV. Remitir los recursos de apelación a la ponencia de la Sala Ordinaria que corresponda según el número de juicio que indiquen las partes; V. Registrar en el Sistema las promociones, según el número de juicio que indiquen las partes, para distribuirlas al día siguiente a la Sala o ponencia a la que estén dirigidas; VI. Remitir el mismo día de su recepción, las promociones para que se pueda llevar a cabo la celebración de la audiencia fijada para tal efecto, cuando lo señalen las partes por escrito en sus promociones o las soliciten las Secretarias y los Secretarios de Acuerdos de las Salas; VII. Solicitar a los promoventes indiquen en su escrito, las referencias necesarias en el caso de que no coincidan los datos, o no los tenga su escrito, para su correcto registro en el Sistema, así como el área a la que lo desea dirigir; VIII. Recibir la correspondencia y documentos dirigidos al Tribunal, registrándolos en el libro de correspondencia para distribuirlos al área que corresponda; IX. Despachar la correspondencia oficial de las Magistradas o los Magistrados del Tribunal; X. Llevar un registro de los juicios instaurados en el Tribunal, así como de los recursos de apelación y consignaciones, para estar en aptitud de proporcionar los informes que soliciten las diferentes áreas de este Órgano Jurisdiccional; XI. Remitir oportunamente a la Secretaría General de Acuerdos el informe de los recursos de apelación interpuestos por las partes; XII. Rendir un informe por escrito mensual y anual a la Secretaria o el Secretario General de Acuerdos, de las labores correspondientes, conforme al calendario que emita la Junta; XIII. En caso de falla del Sistema o falta de energía eléctrica, dentro de los siguientes veinte minutos, se procederá a recibir mediante reloj foliador, o en su caso, manualmente. Para hacer constar este hecho, se levantará acta administrativa con dos testigos de asistencia, misma en la que además de las circunstancias que produjeron la interrupción del sistema, se anotará el último folio que de manera regular se ocupó; los folios usados para los ingresos durante la falla; y el número de promociones que correspondan a demandas, consignaciones, recursos de apelación y demás escritos; XIV. Informar a la Secretaría General de Acuerdos y a la Secretaría General de Compilación y Difusión, los números de folios que se tienen que cancelar, cuando exista error en la recepción de documentos; y XV. Recibir promociones durante los días que determine el calendario oficial, en un horario de 9:00 a 20:00 horas. Sección V DE LA SECRETARÍA GENERAL DE ACUERDOS ADJUNTA DE LA SECCIÓN ESPECIALIZADA DE LA SALA SUPERIOR
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.