- Ley
- Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
- Artículo
- 22
Artículo 22 del Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Área de Compilación es la encargada de juntar y organizar las decisiones importantes que da el Tribunal, como la jurisprudencia (que son criterios legales que deben seguirse) y los fallos relevantes. También lleva un registro para saber si hay al menos tres juicios similares resueltos de la misma forma, o cinco en casos de la Sección Especializada, sin que haya una decisión en contra. Además, recopila las resoluciones de otros tribunales federales y locales, elabora estadísticas sobre el trabajo del Tribunal, y recibe los informes mensuales de jueces y secretarías para hacer un reporte general. Por último, registra y clasifica las decisiones de la Sala Superior y junta las leyes publicadas en el Diario Oficial y en la Gaceta de la Ciudad de México que tengan que ver con el Tribunal.
Texto oficial
Artículo 22. Corresponde al Área de Compilación: I. Compilar la Jurisprudencia aprobada y publicada por el Tribunal, así como los precedentes importantes que determine el Pleno General de la Sala Superior; II. Llevar el registro que permita determinar la existencia de cuando menos tres juicios en los que tratándose de casos similares, las sentencias debidamente ejecutoriadas se hayan pronunciado en el mismo sentido, sin ninguna en contrario y de cuando menos cinco sentencias ejecutoriadas en el mismo sentido, no interrumpidas por otra en contrario, tratándose de la materia de la Sección Especializada; III. Compilar la jurisprudencia de los Tribunales del Poder Judicial de la Federación y de otros órganos jurisdiccionales nacionales, cuyas competencias sean afines a las del Tribunal; IV. Elaborar las estadísticas de las actividades jurisdiccionales del Tribunal; V. Administrar la información estadística sobre la labor jurisdiccional del Tribunal; VI. Recibir el informe mensual de las Magistradas y los Magistrados de la Sala Superior, y de las Salas Ordinarias, Jurisdiccionales y Especializada, así como el que rindan las Secretarías Generales de Acuerdos, la Secretaría General de Atención Ciudadana, la Secretaría General de Acuerdos Adjunta y la Secretaría Técnica de la Junta, y elaborar el informe mensual general; VII. Registrar y clasificar las resoluciones dictadas por el Pleno Jurisdiccional y por la Sección Especializada de la Sala Superior; y VIII. Recopilar y registrar las disposiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación y en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, relacionadas con las facultades y atribuciones del Tribunal.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.