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Ley
Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
Artículo
32

Artículo 32 del Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que las oficinas de justicia administrativa atienden al público todos los días del año, menos los días que la ley marca como inhábiles (es decir, días no laborables, como los domingos o festivos oficiales) y aquellos en que el pleno de jueces decida suspender labores según el calendario que ellos mismos aprueben. El horario para que tú puedas ir a hacer algún trámite o consulta es de 9 de la mañana a 3 de la tarde.

Texto oficial

Artículo 32. La atención al público será todos los días del año, con excepción de aquellos señalados como inhábiles por la Ley de Justicia Administrativa y en los que se suspendan las labores por acuerdo del Pleno General, conforme al calendario aprobado. El horario de atención al público será de las nueve a las quince horas. Sección VIII DE LAS SECRETARIAS Y LOS SECRETARIOS DE ESTUDIO Y CUENTA

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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