- Ley
- Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
- Artículo
- 4
Artículo 4 del Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 4 dice que solo dos tipos de personas pueden hacer propuestas para cambiar, añadir o quitar partes de este reglamento: el Presidente y los Magistrados (que son los jueces de alto nivel). O sea, si tú no eres el Presidente ni un Magistrado, no puedes proponer cambios directos a estas reglas. Es como que solo los jefes tienen la llave para sugerir modificaciones. Esto es para mantener el orden y que no cualquier persona ande proponiendo cambios a lo loco.
Texto oficial
Artículo 4. Tienen facultades para presentar propuestas que reformen, adicionen o deroguen disposiciones de este Reglamento: I. El Presidente; y II. Las Magistradas y los Magistrados.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.