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Ley
Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
Artículo
4

Artículo 4 del Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 4 dice que solo dos tipos de personas pueden hacer propuestas para cambiar, añadir o quitar partes de este reglamento: el Presidente y los Magistrados (que son los jueces de alto nivel). O sea, si tú no eres el Presidente ni un Magistrado, no puedes proponer cambios directos a estas reglas. Es como que solo los jefes tienen la llave para sugerir modificaciones. Esto es para mantener el orden y que no cualquier persona ande proponiendo cambios a lo loco.

Texto oficial

Artículo 4. Tienen facultades para presentar propuestas que reformen, adicionen o deroguen disposiciones de este Reglamento: I. El Presidente; y II. Las Magistradas y los Magistrados.

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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