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Ley
Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
Artículo
48

Artículo 48 del Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Tienes derecho a retirar o posponer un asunto que hayas presentado, ya sea antes de que se hable de él en la junta o mientras se está discutiendo. Si lo aplazas, ese tema se pasa automáticamente para la siguiente reunión, exactamente como lo dejaste, sin cambios. Si decides retirarlo, puedes revisarlo, hacerle ajustes si quieres, y volver a presentarlo después cuando te parezca mejor. Esto aplica para cualquier trámite o solicitud que hayas llevado.

Texto oficial

Artículo 48. Los asuntos presentados podrán ser retirados o aplazados para mejor estudio antes o durante su discusión. Aquéllos que fuesen aplazados quedarán listados para la siguiente sesión en los mismos términos en que fueron presentados; los asuntos retirados podrán ser revisados y en su caso modificados para ser tratados en sesión posterior.

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.