- Ley
- Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
- Artículo
- 84
Artículo 84 del Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Unidad de Transparencia es como la ventanilla única que te ayuda a pedir información pública o a proteger tus datos personales. Este artículo dice que esa unidad puede hacer todo lo que ya le ordenan dos leyes: la Ley de Transparencia y la Ley de Protección de Datos Personales de la Ciudad de México. Además, tiene que seguir las reglas que le pongan otras autoridades como la Sala Superior, la Junta o cualquier otra autoridad competente (es decir, quienes tienen el poder de tomar decisiones en el asunto). En pocas palabras, la Unidad de Transparencia debe cumplir con lo que digan esas leyes y las instrucciones oficiales.
Texto oficial
Artículo 84. La Unidad de Transparencia tendrá las atribuciones dispuestas en la Ley de Transparencia y en la Ley de Protección de Datos Personales para la Ciudad de México, así como a las que en estas materias establezcan los lineamientos del Pleno General de la Sala Superior, la Junta o la autoridad competente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.