- Ley
- Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
- Artículo
- 95
Artículo 95 del Reglamento Interior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 95 dice que todo lo que hace el Tribunal en su trabajo diario, tanto en lo administrativo como en lo financiero, puede ser revisado y auditado. Esto incluye los programas y procesos que usan para operar. En otras palabras, nada de lo que hacen se escapa de ser examinado para ver si está bien hecho. Es como si revisaran cada paso que dan para asegurarse de que todo funcione correctamente y sin fallas.
Texto oficial
Artículo 95. Son materia de evaluación y auditoría todos los programas y procesos que conforman el quehacer administrativo y financiero del Tribunal.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.