- Ley
- Reglamento Interior de la Universidad de la Policía de la Ciudad de México
- Artículo
- 5
Artículo 5 del Reglamento Interior de la Universidad de la Policía de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Universidad tiene la tarea de buscar nuevos policías de proximidad. Para eso, debe lanzar convocatorias y elegir a las personas más preparadas para esos trabajos vacantes. También le toca proponer los requisitos que se piden para entrar a la policía, tomando en cuenta lo que necesita la institución y el dinero disponible. Además, debe crear un plan de capacitación para que los policías se vuelvan más profesionales. Otra de sus funciones es publicar y promover los trabajos de investigación sobre seguridad que hagan los estudiantes y maestros. También tiene que mantener actualizados los cursos y manuales de entrenamiento para los policías, según su rango y antigüedad. Por último, la Universidad debe certificar las habilidades de los policías de proximidad, y también de personas de otras instituciones de seguridad, tanto públicas como privadas.
Texto oficial
Artículo 5. Además de las funciones establecidas en el artículo 126 de la Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México, y demás ordenamientos, la Universidad cuenta con las siguientes: Llevar a cabo el proceso de Reclutamiento, a través de las Convocatorias que emita la Comisión Técnica de Selección y Promoción, para la selección de personas candidatas potencialmente calificadas para ocupar las plazas vacantes dentro de la Policía de Proximidad de la Ciudad de México; Proponer a la Comisión Técnica de Selección y Promoción, los requisitos de ingreso de conformidad con las necesidades institucionales, los recursos presupuestales y en apego a la normativa aplicable; Elaborar el Programa de Profesionalización, con apoyo de la Dirección General de Carrera Policial, conforme a lo establecido en el artículo 46 del Reglamento del Servicio Profesional de Carrera de la Policía de Proximidad de la Ciudad de México; Publicar, difundir y proponer el reconocimiento de los productos de investigación académica y científica en materia de seguridad que realice el estudiantado, académicos y, en general, el personal adscrito a la Secretaría; Proponer la actualización y homologación de los contenidos de los planes y programas de profesionalización para fortalecer las competencias del personal policial; En coordinación con la Dirección General de Carrera Policial, llevar a cabo la elaboración, actualización y disposición de los programas de formación y manuales respectivos por grado y especialidad para atender los términos de antigüedad del personal policial; Actualizar y perfeccionar los conocimientos, destrezas y habilidades del personal policial, conforme a las necesidades de la Policía de Proximidad; Establecer el esquema de certificación de competencias policiales para las personas integrantes de la Policía de Proximidad, así como de otras instituciones de seguridad, ya sean de carácter público o privado, de conformidad con los instrumentos jurídicos que al efecto se suscriban; Llevar a cabo las actividades de selección, capacitación y actualización permanente del personal adscrito a la Subsecretaría del Sistema Penitenciario; Capacitar y profesionalizar a las personas integrantes de instituciones de seguridad públicas y/o privadas de conformidad con el instrumento jurídico que en su caso se suscriba por la persona titular de la Coordinación General; Dirigir la planificación de los programas de capacitación para el desarrollo del personal de la Subsecretaría del Sistema Penitenciario, y Las demás que establezca la normativa aplicable. CAPÍTULO II ORGANIZACIÓN DE LA UNIVERSIDAD
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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