- Ley
- Reglamento Interno del Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México
- Artículo
- 79
Artículo 79 del Reglamento Interno del Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El puesto de mediador en el Centro es un trabajo de confianza, no de base, y solo dura mientras trabajes ahí. Cada tres años, el Consejo te tiene que ratificar, pero solo si apruebas un examen que demuestre que sabes hacer bien tu chamba. Si por cualquier motivo dejas de trabajar en el Centro, pierdes el puesto automáticamente, así que no hay forma de conservarlo si renuncias o te corren.
Texto oficial
Artículo 79. El cargo de mediador adscrito al Centro es de confianza y será ratificado cada tres años por el Consejo, previa aprobación de un examen de competencias laborales, y se perderá al dejar de formar parte del Centro.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.