- Ley
- Reglamento Interno del Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México
- Artículo
- 84
Artículo 84 del Reglamento Interno del Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para ser mediador público en la Ciudad de México, los secretarios actuarios (que son los ayudantes del juez que notifican documentos) tienen que tomar un curso especial y estar registrados oficialmente. Esto lo exige la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia de la CDMX, y deben cumplir con lo que dice esa ley y este reglamento. En otras palabras, no cualquiera puede hacer ese trabajo; necesitan capacitación previa y un registro que lo acredite.
Texto oficial
Artículo 84. Para fungir como mediador público conforme a lo que prevé la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, los secretarios actuarios deben estar previamente capacitados y registrados, en los términos de la Ley y el presente Reglamento.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.