- Ley
- Reglamento Interno del Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México
- Artículo
- 90
Artículo 90 del Reglamento Interno del Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si quieres ser un especialista externo en una mediación, solo necesitas ser un profesionista experto en algún tema, como medicina o ingeniería, y que las personas involucradas en el conflicto estén de acuerdo en que tú participes. Para elegirte, primero van a buscar en el registro de peritos del Tribunal, que es como una lista oficial de expertos recomendados. No importa si no eres mediador, con que sepas mucho de tu área y las partes te acepten, ya la armaste.
Texto oficial
Artículo 90. Para actuar como especialista externo bastará con ser profesional experto en algún área o especialidad, y en la medida en que los mediados así lo acepten. Primeramente se tendrá en cuenta el registro de peritos del Tribunal. CAPÍTULO VII DE LA CAPACITACIÓN, SELECCIÓN, REGISTRO, CERTIFICACIÓN, EVALUACIÓN, SUPERVISIÓN Y MONITOREO DE LOS MEDIADORES O FACILITADORES Sección Primera De la Capacitación y Selección
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.