- Ley
- Reglamento Interno del Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México
- Artículo
- 95
Artículo 95 del Reglamento Interno del Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo explica qué información se guarda en los registros de los mediadores y facilitadores. Para los mediadores privados, se anotan datos como su nombre, cómo contactarlos, su número de registro y las fechas importantes de su certificación. En el caso de los mediadores y facilitadores públicos, se registra su nombre, en qué área trabajan, cuándo se registraron por primera vez y cada cuánto se renueva su puesto. También se lleva un registro de los secretarios actuarios que actúan como mediadores, con información como el juzgado donde trabajan y las fechas de sus nombramientos y ratificaciones. En todos los casos, también se incluye cualquier otro dato que pida la ley o el reglamento correspondiente.
Texto oficial
Articulo 95. En el Registro de mediadores privados se anotará el nombre del mediador certificado, datos de localización, la matrícula de registro asignada, la fecha de certificación, el periodo de su vigencia, el seguimiento y el número de renovaciones, y los demás requisitos que señalen las Reglas. En el Registro de mediadores y facilitadores públicos se anotará el nombre del mediador o facilitador, área de adscripción, la fecha de su primer registro, fecha de su última ratificación y periodo de su vigencia, el número de ratificaciones y todos aquellos elementos que deben integrarse de conformidad a la Ley y a este Reglamento. En el Registro de secretarios actuarios, que fungen como mediadores, se anotará el nombre de dicho servidor público, juzgado de adscripción, la fecha de su primer nombramiento, fecha de su última ratificación y periodo de su vigencia, el número de ratificaciones y todos aquellos elementos que deben integrarse de conformidad a la Ley y a este Reglamento.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.