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Ley
Reglamento Interno de la Comisión Ejecutiva de Coordinación Metropolitana
Artículo
1

Artículo 1 del Reglamento Interno de la Comisión Ejecutiva de Coordinación Metropolitana

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión Ejecutiva de Coordinación Metropolitana es un grupo de personas que trabaja como el primer nivel de acuerdo entre el Gobierno del Estado de México y el de la Ciudad de México. Su chiste es resolver asuntos que les importan a ambos lados, como los temas de ciudades que están pegadas (conurbación). Pueden hacerlo directamente o por medio de otras comisiones especiales, según lo que dice el convenio que las creó. Básicamente, es el primer equipo que se pone de acuerdo para que todo funcione mejor entre los dos gobiernos.

Texto oficial

Artículo 1º- La Comisión Ejecutiva de Coordinación Metropolitana es el órgano colegiado que constituye la primera instancia de coordinación bilateral, para atender los temas de interés común en materia de conurbación entre el Gobierno del Estado de México y el Gobierno del Distrito Federal, directamente, o bien a través de las Comisiones Metropolitanas conforme a la cláusula primera del convenio que le da origen.

Ver texto oficial del Reglamento Interno de la Comisión Ejecutiva de Coordinación Metropolitana (pág. 1) ↗

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