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Ley
Reglamento Interno de la Comisión Ejecutiva de Coordinación Metropolitana
Artículo
10

Artículo 10 del Reglamento Interno de la Comisión Ejecutiva de Coordinación Metropolitana

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 10 dice que, para cambiar cómo está organizada o cómo funciona la Comisión Ejecutiva, los jefes o titulares tienen que ponerse de acuerdo durante una junta especial llamada sesión plenaria. No se puede decidir por mayoría ni por una sola persona, sino que todos deben estar de acuerdo, a eso se le llama consenso. Además, ese acuerdo debe seguir las reglas que ya están escritas en la cláusula octava del convenio donde se creó la Comisión.

Texto oficial

Artículo 10.- Las modificaciones a la estructura o funciones de la Comisión Ejecutiva se acordarán en sesión plenaria por consenso de los titulares conforme a lo previsto en la cláusula octava del convenio de creación. CAPITULO III DE LA PRESIDENCIA CONJUNTA Y EL PLENO

Ver texto oficial del Reglamento Interno de la Comisión Ejecutiva de Coordinación Metropolitana (pág. 1) ↗

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