- Ley
- Reglamento Interno de la Comisión Ejecutiva de Coordinación Metropolitana
- Artículo
- 20
Artículo 20 del Reglamento Interno de la Comisión Ejecutiva de Coordinación Metropolitana
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo Técnico lo forman personas que representan a las dos entidades involucradas, más algunos especialistas que inviten directamente el Gobernador y el Jefe de Gobierno. En pocas palabras, estos dos líderes pueden llamar a expertos externos para que se unan al grupo. No hay más participantes, solo esos. Esa es la regla: representantes fijos más invitados especiales.
Texto oficial
Artículo 20.- El Consejo Técnico estará integrado por representantes de ambas entidades; así como por especialistas a invitación expresa del Gobernador y del Jefe de Gobierno.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.