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Ley
Reglamento Interno de la Comisión Ejecutiva de Coordinación Metropolitana
Artículo
19

Artículo 19 del Reglamento Interno de la Comisión Ejecutiva de Coordinación Metropolitana

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo Técnico de la Comisión Ejecutiva es como un grupo de expertos que se encarga de asesorar y dar información a los jefes de la organización (la Presidencia Conjunta o la Comisión del Pleno) para que ellos puedan tomar decisiones bien fundamentadas. Su trabajo principal es analizar los problemas que les presentan, estudiar sus causas, sus consecuencias y posibles soluciones, y luego entregar un reporte escrito (llamado dictamen) con sus recomendaciones. En pocas palabras, son los que hacen el estudio detallado para que los jefes decidan con toda la información necesaria.

Texto oficial

Artículo 19.- El Consejo Técnico de la Comisión Ejecutiva será el órgano de consulta especializado y el medio oficial para proporcionar los elementos de información a los acuerdos que requiera tomar la Presidencia Conjunta o la Comisión del Pleno. Cumplirá su función mediante la elaboración de los dictámenes de estudio o valorización de origen, efectos, previsiones y recomendaciones de solución a los problemas que se sometan a su consideración.

Ver texto oficial del Reglamento Interno de la Comisión Ejecutiva de Coordinación Metropolitana (pág. 1) ↗

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