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Ley
Reglamento Interno de la Comisión Ejecutiva de Coordinación Metropolitana
Artículo
18

Artículo 18 del Reglamento Interno de la Comisión Ejecutiva de Coordinación Metropolitana

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si algo no está contemplado en este reglamento, quien lo resolverá será el Pleno de la Comisión Ejecutiva, que es el grupo de todas las personas que toman las decisiones importantes en esa comisión. En pocas palabras, si surge una situación que no está escrita en las reglas, ellos deciden cómo actuar. Esto aplica para todo lo relacionado con el Consejo Técnico, que es el equipo de especialistas que asesoran o supervisan ciertos asuntos.

Texto oficial

Artículo 18.- Lo no previsto en el presente reglamento será resuelto por el Pleno de la Comisión Ejecutiva. CAPITULO IV DEL CONSEJO TECNICO

Ver texto oficial del Reglamento Interno de la Comisión Ejecutiva de Coordinación Metropolitana (pág. 1) ↗

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