- Ley
- Reglamento Interno de la Comisión de Límites del Distrito Federal
- Artículo
- 8
Artículo 8 del Reglamento Interno de la Comisión de Límites del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 8 dice cuáles son las tareas del Coordinador de la Comisión. Básicamente, este coordinador se encarga de organizar todo el trabajo del grupo: decide cuándo reunirse, prepara los temas que se van a tratar y dirige las discusiones si el Presidente no está. También debe entregar a tiempo las actas, agendas y documentos a los miembros de la Comisión para que estén enterados. Además, coordina los programas de trabajo, se asegura de que se cumplan los acuerdos tomados y difunde las decisiones y resultados del equipo.
Texto oficial
Articulo 8º- El Coordinador de la Comisión contará con las siguientes atribuciones: REGLAMENTO INTERIOR DE LA COMISIÓN DE LÍMITES DEL DISTRITO FEDERAL CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES I.- Coordinar las actividades de la Comisión; II.- Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias a los integrantes de la Comisión; III.- Formular el orden del día para las sesiones de la Comisión, así como dirigir y moderar los debates durante las mismas, en ausencia del Presidente o del Presidente suplente; IV.- Entregar con toda oportunidad a los miembros de la Comisión, las actas de las sesiones, las agendas y programas de trabajo, las órdenes del día y la documentación que se deba conocer en las sesiones correspondientes; V.- Coordinar e integrar los programas de trabajo de la Comisión, que deben ser puestos a la consideración del Pleno y realizar el seguimiento de los acuerdos de la misma. VI.- Promover en el seno de la Comisión la realización de acciones inherentes a la competencia de ésta, y VII.- Difundir las resoluciones y trabajos de la Comisión. CAPITULO V De las Atribuciones del Secretario Técnico
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