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Ley
Reglamento Interno del Comité Técnico Regional de Estadística y de Información Geográfica del Distrito Federal
Artículo
15

Artículo 15 del Reglamento Interno del Comité Técnico Regional de Estadística y de Información Geográfica del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que una reunión del Comité sea válida, debe estar presente al menos la mitad más uno de sus miembros, y todos ellos deben poder opinar y votar. También debe estar quien puede presidir la sesión según las reglas. Si en la primera junta no se junta el número mínimo de personas (quórum), se hace una segunda invitación. En esa segunda vuelta, la sesión se puede llevar a cabo aunque solo asistan los que llegaron, sin importar cuántos sean.

Texto oficial

ARTÍCULO 15. - Para que las sesiones del Comité se consideren legalmente instaladas deberán estar presentes, cuando menos, la mitad más uno de sus integrantes, con derecho a voz y voto, y contar con la presencia de quien legalmente pueda presidirlas conforme a este Reglamento. Si en la primera convocatoria no se encontrara completo el quórum, se realizará una segunda convocatoria, pudiéndose celebrar la sesión en este supuesto, con el número de integrantes que se encuentren presentes. Sección Tercera De las Cuestiones de Orden

Ver texto oficial del Reglamento Interno del Comité Técnico Regional de Estadística y de Información Geográfica del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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