Reglamento Interno del Comité Técnico Regional de Estadística y de Información Geográfica del Distrito Federal
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Este artículo dice que el propósito de esta ley es establecer las reglas para cómo se va a organizar y cómo va a trabajar el Comité Técnico Regional de Estadística y de Información Geográfica de la Ciudad de México (antes Distrito Federal). Básicamente, busca que ese comité, que se encarga de juntar y manejar datos estadísticos y mapas de la ciudad, funcione de manera ordenada y clara.
- Art. 2Este artículo es como un diccionario del reglamento. Te explica qué significan las palabras clave que se usan después. Por ejemplo, cuando dice "Comité" se refiere al grupo de personas que manejan la estadística y la geografía de la CDMX. Cuando habla de "Delegaciones", son las alcaldías de la Ciudad de México. Y "INEGI" es el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, que es la institución que se encarga de los censos y mapas del país. Básicamente, aquí te definen todos los términos para que cuando los leas más adelante sepas exactamente de qué están hablando.
- Art. 3El Comité es un grupo de personas que trabajan juntas para planear y supervisar los programas de estadística (números y datos) y geografía (mapas e información del territorio) en la Ciudad de México. También se encarga de asegurar que se sigan las reglas para crear, juntar y compartir esa información. Su labor ayuda a saber qué información se necesita, qué es más importante y cómo conseguirla, siempre de acuerdo con el plan general de desarrollo de la ciudad.
- Art. 4El Comité se encarga de varias tareas relacionadas con la información y los mapas de la Ciudad de México. Por ejemplo, coordina cómo participa el gobierno de la ciudad en los programas nacionales de estadística y geografía, y cada año presenta un plan de trabajo para que lo revisen y aprueben. También define las reglas para que los datos y mapas se manejen de manera uniforme, siguiendo lo que indique el INEGI (el instituto nacional de estadística). Además, busca que otros poderes, como el Legislativo y el Judicial, colaboren en la producción de esta información. Por último, puede crear grupos de trabajo para estudiar temas específicos y proponer los recursos (dinero, personal, equipo) necesarios para cumplir con los planes.
- Art. 5Las personas que forman parte del Comité tienen el poder de revisar en cualquier momento que se esté cumpliendo el objetivo del Convenio y todos los acuerdos que salgan de él. Esto significa que pueden checar, sin avisar, si las partes están haciendo lo que prometieron. Básicamente, les toca vigilar que todo el mundo cumpla su palabra.
- Art. 6El Comité está formado según lo que dice un acuerdo que firmaron el Gobierno de la Ciudad de México y el Instituto Nacional de Estadística (INEGI). Todas las personas que lo integran tienen derecho a opinar y votar, menos una: el prosecretario (que es como el secretario suplente). Él puede dar su opinión, pero no votar en las decisiones. Además, cada miembro tiene un suplente que lo reemplaza cuando hace falta.
- Art. 7El Comité estará formado por miembros que pueden nombrar a un suplente, alguien que los reemplace, siempre y cuando tenga el nivel de Director o algo parecido. Ese suplente sí podrá hablar y votar en las juntas. El prosecretario (o su suplente) solo puede opinar, pero no votar. Los miembros también pueden invitar a personas de empresas o grupos sociales a las reuniones, avisando por escrito al Prosecretario con al menos tres días de anticipación; esos invitados solo podrán dar su opinión, sin derecho a voto.
- Art. 8Los miembros del Comité trabajan sin recibir ningún sueldo o pago por sus servicios. Es decir, lo hacen de manera voluntaria, como un favor o por compromiso con la causa, no por dinero.
- Art. 9El Presidente es quien dirige y controla las juntas del Comité. Él decide cómo se lleva la conversación y pone orden cuando se necesita. Además, si hay un empate en una votación, su voto vale por dos y rompe el empate. En pocas palabras, él lleva la batuta en las reuniones y tiene la última palabra.
- Art. 10El Prosecretario (el asistente principal de la Secretaría) deberá entregar todos los documentos y cosas que se vayan a usar en las juntas, con una semana antes de que se realicen. Esto aplica para cualquier tipo de reunión donde se traten asuntos oficiales. Si no lo hace, la autoridad podría reclamarle que cumplió fuera del plazo.
- Art. 11Al Prosecretario le toca presentar en la primera junta un documento llamado "Guía para regular la Operación del Comité", donde se explican las reglas de cómo va a funcionar el Comité. Los miembros del Comité discuten ese documento y lo votan en esa misma reunión para decidir si lo aceptan o no. Si en esa primera junta no se juntan suficientes votos a favor para aprobarlo, entonces se tiene que organizar otra reunión especial (sesión extraordinaria) dentro de los siguientes 60 días contados desde la primera junta.
- Art. 12El Secretario Técnico de Normas es la persona encargada de entregar al Comité los documentos técnicos necesarios para las reuniones, y debe hacerlo 3 días hábiles antes de cada sesión, para que todos los participantes puedan revisarlos con tiempo. Además, este Secretario tiene la obligación de darle al Comité y a los grupos de trabajo las reglas, normas y el apoyo técnico que se necesiten para desarrollar el Sistema Regional Estadístico y de Información Geográfica de la Ciudad de México. En pocas palabras, es quien se asegura de que todos tengan la información y el respaldo técnico para hacer bien su trabajo.
- Art. 13El Comité se junta dos veces al año de forma normal, pero puede tener juntas extra si algún miembro lo pide, siguiendo las reglas de este Reglamento. De cada junta se hace un documento (acta) que todos los que asistieron deben firmar. Para pedir una junta extra, el interesado debe enviar su solicitud al Prosecretario explicando los temas a tratar, para que él organice la junta y avise a los demás. Los grupos de trabajo se reúnen con la frecuencia que el Comité decida, según los asuntos que haya, y lo anotan en el acta; además, deben informar al Comité sobre lo que resolvieron.
- Art. 14El artículo dice que la primera junta de trabajo de un comité se va a llevar a cabo apenas esté instalado, es decir, cuando ya esté formalmente creado. Luego, en la parte del quórum (que es el número mínimo de personas necesario para que las decisiones sean válidas), se explica quiénes lo forman: el presidente es el Jefe de Gobierno de la CDMX; el secretario técnico es el presidente del INEGI; el prosecretario es el Secretario de Finanzas de la CDMX o alguien que el presidente del comité elija; y los vocales son los jefes de las áreas que producen información de estadística y geografía en el gobierno de la CDMX, según una lista que viene en un convenio.
- Art. 15Para que una reunión del Comité sea válida, debe estar presente al menos la mitad más uno de sus miembros, y todos ellos deben poder opinar y votar. También debe estar quien puede presidir la sesión según las reglas. Si en la primera junta no se junta el número mínimo de personas (quórum), se hace una segunda invitación. En esa segunda vuelta, la sesión se puede llevar a cabo aunque solo asistan los que llegaron, sin importar cuántos sean.
- Art. 16En las juntas, se va a hacer una lista de quiénes quieren hablar y por cuánto tiempo, para que todo sea ordenado y se respete lo planeado. Así nadie habla al mismo tiempo ni se pasa del tiempo acordado. Esto ayuda a que la reunión fluya sin broncas y se cubran todos los temas importantes.
- Art. 17El que esté al mando de la reunión (el Presidente o quien lo sustituya) tiene la autoridad para ponerle un límite de tiempo a cada persona que quiera hablar y también puede decidir cuántas veces puede participar alguien sobre un mismo tema. Esto aplica para que la sesión no se alargue de más y todos tengan oportunidad de opinar. En pocas palabras, la persona que dirige la junta puede controlar quién habla, por cuánto tiempo y cuántas veces.
- Art. 18Al empezar la junta, el Presidente o quien lo esté sustituyendo va a pasar lista de los participantes y va a preguntar su opinión sobre los temas que están en el orden del día. Los miembros del Comité pueden, en cualquier momento, hacer observaciones sobre cómo se está llevando la reunión (a esto se le llama "cuestiones de orden") y el Presidente o su suplente tiene que resolverlas al instante, siguiendo las reglas establecidas. Cuando el Comité esté de acuerdo, se cierra la lista de oradores. Pero si alguien pide la palabra después de eso, se le pregunta al Comité si acepta que hable o no.
- Art. 19Cuando alguien del Comité vea que la plática sobre un punto de la agenda ya no avanza y no se llega a ningún acuerdo, puede pedir que se termine la discusión. Esa propuesta se pone a votación entre todos los miembros. El Presidente tiene un voto extra que sirve para desempatar si queda empate.
- Art. 20El artículo 20 dice que cualquier persona del Comité que haga una propuesta puede quitarla antes de que se vote, sin problema. Si la retira, nadie más puede presentarla otra vez en esa misma junta, pero sí en una reunión futura. O sea, si tú propones algo y te arrepientes, la puedes cancelar al instante, pero ya no se puede discutir ese mismo día. Solo otro miembro del Comité podrá volver a plantear el tema en una sesión diferente.
- Art. 21Si ya se votó y se aprobó o rechazó una propuesta, no se puede volver a discutir en esa misma junta. Solo se puede reabrir si el Comité lo decide, pero necesitan que la mayoría vote a favor. O sea, para repetir el asunto, más de la mitad del Comité tiene que estar de acuerdo.
- Art. 22Si el presidente del Comité se ausenta durante una junta o no puede hacer su trabajo, el titular de la Secretaría de Desarrollo Económico será quien lo reemplace y tendrá los mismos derechos y obligaciones que el presidente original. Pero, si este también falla, el presidente original deberá nombrar a otra persona para que lo represente y avisarle a todos los miembros del Comité por medio del Prosecretario.
- Art. 23El Presidente del Comité es como el jefe de las juntas y tiene estas funciones: 1. Dirige las reuniones y puede dar su opinión y votar. 2. Propone los planes y proyectos de estadística y mapas para la Ciudad de México, y los pone a votación. 3. Cuando hay empate en una votación, él tiene el voto decisivo para desempatar. 4. Presenta el reglamento interno del Comité para que lo aprueben. 5. Elige a quién lo va a suplir cuando no pueda asistir. 6. Publica los acuerdos del Comité en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México para que todos los conozcan. 7. Hace cualquier otra tarea que el Comité le encargue, siempre que no sea responsabilidad de otro miembro.
- Art. 24El Secretario Técnico de Normas tiene varias tareas importantes. Puede ir a las juntas del Comité y de los grupos de trabajo, donde puede opinar y votar. También se encarga de que se cumplan los acuerdos del Comité y les da asesoría técnica cuando la necesiten. Coordina cómo se definen los conceptos y las reglas técnicas para que los proyectos de estadística y geografía tengan información confiable y clara. Además, vigila que se sigan las normas del INEGI y revisa que los programas nacionales y regionales de estadística estén alineados.
- Art. 25El Prosecretario es una persona que apoya al Comité y a los grupos de trabajo. Sus labores son: organizar juntas y preparar los documentos que se van a revisar; crear las listas de temas a tratar y pedirle autorización al Presidente; sugerir las reglas con las que va a funcionar el Comité; asistir a las reuniones para opinar, pero sin derecho a votar; asegurarse de que se cumplan los acuerdos; informar a todos los miembros sobre lo que se decide y cómo van los proyectos; llevar un registro de cada junta y escribir las minutas (actas); verificar que los grupos de trabajo hagan bien su labor, y hacer cualquier otra tarea que el Comité le pida y que no sea responsabilidad de otros.
- Art. 26Los Vocales son las personas que forman parte de un Comité y tienen varias obligaciones. Primero, deben ir a las juntas a las que los inviten y ahí pueden dar su opinión y votar. También tienen que hacer lo necesario para que se cumplan los acuerdos que tome el Comité, en las cosas que les toquen. Si los invitan a participar en grupos de trabajo, deben asistir. Además, pueden sugerir temas para que se traten en las juntas del Comité. Por último, deben hacer cualquier otra tarea que el Comité les encargue, siempre y cuando no sea algo que ya le toque hacer a otro miembro.
- Art. 27Cuando el Presidente o quien lo sustituya dice que empieza una votación, nadie puede pararla ni interrumpirla. La única excepción es si alguien pide la palabra para aclarar algo sobre cómo se está llevando a cabo la votación, como un error en el procedimiento. Esto es para evitar desorden y que la votación se haga de manera rápida y clara.
- Art. 28Los invitados a una reunión del Comité deben portarse con respeto hacia los miembros en todo momento. No pueden interrumpir ni hablar sin que les den permiso. Tampoco pueden hacer propuestas o intervenciones si no están autorizados. Esto aplica desde que empieza hasta que termina la sesión. Básicamente, tienen que estar callados y atentos, solo participando cuando se lo indiquen.
- Art. 29Si un representante pide dividir una propuesta en partes, primero se vota cada parte por separado. Después, las partes que fueron aprobadas se votan todas juntas como un solo asunto. Si todas las partes importantes de la propuesta son rechazadas, entonces toda la propuesta se da por rechazada.
- Art. 30Cuando alguien propone un cambio a una idea que ya está sobre la mesa, primero se vota ese cambio. Si hay dos o más cambios diferentes, el Comité vota primero el que más se aleje de la idea original; luego vota el que le sigue en distancia, y así hasta que se hayan votado todos. Si aprobar un cambio hace que otro ya no tenga sentido, ese otro ya no se vota. Después de aprobar uno o varios cambios, se vota la idea ya modificada. Un cambio es cualquier cosa que quite, agregue o modifique total o parcialmente lo que se está discutiendo.
- Art. 31Cuando hay varias propuestas sobre el mismo tema, el Comité las va a votar en el orden en que se presentaron primero, a menos que decida hacerlo diferente. Después de votar una propuesta, puede decidir si vota o no la siguiente. Si alguien propone una versión cambiada de una propuesta anterior, se vota en el mismo orden que la original, pero si el cambio es muy diferente, se trata como una propuesta nueva y la original ya no cuenta. Además, si alguien propone no tomar una decisión sobre una propuesta, esa moción se vota antes que la propuesta misma.
- Art. 32Este artículo dice cómo se elige a varias personas para un mismo puesto o cargo al mismo tiempo. Cada persona del comité puede votar por tantos candidatos como puestos haya. Por ejemplo, si hay 3 puestos, puedes votar hasta por 3 personas. Los que tengan más votos en la primera ronda ganan, pero solo si no hay más ganadores que puestos. Si hay más personas elegidas que puestos, se quedan solo los que tuvieron más votos. Si después de eso todavía faltan puestos por llenar, se hacen más rondas de votación. El presidente puede sugerir que ya no participen los candidatos con menos votos de la ronda anterior. Si hay empate entre los que tienen más votos, se hace una votación extra solo entre ellos para decidir quién gana.
- Art. 33Durante las juntas del Comité, se pueden crear equipos de trabajo para revisar y opinar sobre temas importantes para los sistemas de estadística y mapas del país. Estos equipos estarán formados por personas expertas de las distintas áreas del gobierno. Quien lleve el registro de las reglas del equipo será elegido por el INEGI. Cada equipo se enfocará en asuntos muy concretos, y desde el inicio se dejará claro qué pueden hacer y por cuánto tiempo trabajarán.
- Art. 34Una vez que ya tengas listo el diagnóstico de la información (como mapas, datos y estadísticas que se necesiten), se van a armar los grupos de trabajo para tratar esos temas. En otras palabras, primero revisas qué información tienes y luego juntas al equipo. No se forma el grupo antes de tener ese panorama claro.
- Art. 35Los grupos de trabajo son equipos donde participan distintas áreas del gobierno que se encargan de producir, juntar y usar datos sobre estadísticas y mapas. Su única misión es lograr que todas esas dependencias colaboren bien. Así se aseguran de que la información sea útil y llegue a quien la necesite. En pocas palabras, buscan que nadie trabaje por su lado y todos remen juntos.
- Art. 36El artículo 36 dice que los grupos de trabajo del INEGI se parten en dos: uno de Estadística y otro de Geografía. Cada grupo va a hacer un plan de actividades para todo el año y lo va a dirigir un vocal, que es una persona que elige el Comité para que presida ese grupo. Los vocales son como los jefes de cada grupo, y el Comité los aprueba para que se encarguen de coordinar el trabajo. En pocas palabras, se organizan para saber qué van a hacer durante el año y quién los va a liderar.
- Art. 37Los equipos de trabajo tienen la obligación de checar que en cada UPI (que son las unidades donde se genera la información) se sigan al pie de la letra las reglas y principios para crear datos estadísticos y geográficos. Esto significa que deben asegurarse de que la información se levante de manera correcta, sin trampas ni errores, tal como lo marcan los lineamientos. En pocas palabras, es su deber supervisar que todo el proceso de recolección y elaboración de datos cumpla con lo establecido.
- Art. 38El artículo 38 dice que los grupos de trabajo que se formen deben enfocarse en lo que piden la Ley de Igualdad Sustantiva (LIEG), su reglamento, el programa para la igualdad de género (PRONADEIG) y el plan de desarrollo de la Ciudad de México de 2001 a 2006. Esto aplica para cuatro áreas del gobierno: Seguridad Pública, Desarrollo Sustentable, Progreso con Justicia, y Administración y Finanzas. En pocas palabras, se trata de asegurar que todos los equipos del gobierno trabajen para cumplir con las metas de igualdad y desarrollo de la ciudad.
- Art. 39Cada vez que el grupo de trabajo se reúna, alguien tiene que escribir un resumen de lo que se habló y de los avances en los temas que les tocaron. Ese resumen se llama minuta. La persona encargada del grupo debe enviarle esa minuta a todos los miembros y a los invitados, y también tiene que contarle al Comité cómo van los resultados de los planes que acordaron en el grupo.
- Art. 40El artículo 40 dice que el Reglamento (las reglas escritas) se usará para todas las acciones y decisiones de los Grupos de Trabajo del Comité. Es como decir que esos grupos tienen que seguir ese Reglamento al pie de la letra en todo lo que hagan.
- Art. 41El Reglamento se puede cambiar si el Comité así lo decide. Para eso, solo necesita el voto de la mayoría simple, que significa más de la mitad de los miembros que están presentes y votan en ese momento. Ese reglamento comenzó a aplicarse al día siguiente de que se publicara en la Gaceta Oficial del entonces Distrito Federal, ahora Ciudad de México. La fecha en que se oficializó fue el 19 de julio de 2006. Las personas que firman son las encargadas de ese comité, una como presidenta suplente y otro como secretario técnico suplente.