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Ley
Reglamento Interno del Comité Técnico Regional de Estadística y de Información Geográfica del Distrito Federal
Artículo
4

Artículo 4 del Reglamento Interno del Comité Técnico Regional de Estadística y de Información Geográfica del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Comité se encarga de varias tareas relacionadas con la información y los mapas de la Ciudad de México. Por ejemplo, coordina cómo participa el gobierno de la ciudad en los programas nacionales de estadística y geografía, y cada año presenta un plan de trabajo para que lo revisen y aprueben. También define las reglas para que los datos y mapas se manejen de manera uniforme, siguiendo lo que indique el INEGI (el instituto nacional de estadística). Además, busca que otros poderes, como el Legislativo y el Judicial, colaboren en la producción de esta información. Por último, puede crear grupos de trabajo para estudiar temas específicos y proponer los recursos (dinero, personal, equipo) necesarios para cumplir con los planes.

Texto oficial

ARTÍCULO 4. El Comité tendrá las atribuciones siguientes: I. Establecer los procedimientos de coordinación y participación del Gobierno del Distrito Federal, en la elaboración de los Programas Nacional y Regional de Desarrollo de Estadística y de Información Geográfica en el ámbito de su jurisdicción, para la ejecución y cumplimiento de los principios, bases y normas que hubieren sido establecidos entre los diferentes niveles de gobierno en el desarrollo de los Servicios Estatales y su incorporación a los SNEIG; II. Presentar el anteproyecto de Programa de Trabajo anual para el siguiente ejercicio, en el mes de diciembre del año correspondiente, para su discusión y aprobación; III. Coordinar la ejecución del Programa de Trabajo Anual; IV. Definir los lineamientos que permitan la organización y operación estandarizada de la información estadística y geográfica en el ámbito de la competencia del Gobierno del Distrito Federal, incluyendo la tecnología de información, en sus etapas de procesamiento e integración a los Sistemas Estatales Estadístico y de Información Geográfica y a los SNEIG, en congruencia con las normas que el INEGI establezca; V. Promover la participación efectiva de los Poderes Legislativo y Judicial del Distrito Federal y demás instituciones que intervienen en el proceso de producción de información estadística y geográfica; VI. Promover la ejecución y cumplimiento de los principios, bases y normas que se establezcan entre los diferentes niveles de gobierno, para el desarrollo de los Servicios Estatales y su integración a los SNEIG; VII. Establecer los procedimientos de coordinación y participación del Gobierno del Distrito Federal, conjuntamente con las 16 Delegaciones en la elaboración y ejecución del Programa Regional de Desarrollo de Estadística y de Información Geográfica del Distrito Federal, el cual derivará del Programa Nacional de Desarrollo de Estadística y de Información Geográfica; VIII. Intercambiar entre el Gobierno del Distrito Federal y el INEGI, a través de este Comité, la información estadística y geográfica que sea de su utilidad; IX. Constituir los grupos de trabajo que se estimen convenientes, para profundizar en los proyectos, estudios y análisis de los temas relativos a sus actividades; X. Aprobar y evaluar, en su caso, los programas y actividades necesarios, así como los resultados de los asuntos encomendados a los grupos mencionados en el inciso anterior; XI. Difundir las normas y disposiciones de carácter general que expida el INEGI para captar, procesar y presentar la información estadística y geográfica que produzcan los Servicios Estatales para su integración al SNEIG y promover su cumplimiento; XII. Proponer los requerimientos de recursos materiales, humanos y financieros para el desarrollo de los Planes y Programas; XIII. Proponer los mecanismos de aprovechamiento óptimo de los recursos disponibles de la entidad y del INEGI para la captación, procesamiento, presentación, y divulgación de la información estadística y geográfica que se obtenga; XIV. Establecer con los organismos públicos y privados en el Distrito Federal, los mecanismos necesarios para su participación, a efecto de apoyar las tareas que comprende el proceso de integración de los Servicios Estatales; XV. Promover el desarrollo y uso de las tecnologías de información y comunicaciones, para la integración de los datos al SNEIG y Servicios Estatales de información, para el intercambio de experiencias y apoyo entre las partes; XVI. Aprobar el Reglamento en un plazo no mayor a sesenta días naturales posteriores a la primera sesión de trabajo; XVII. Difundir los productos y servicios estadísticos y geográficos que generen los Sistemas Estatales Estadístico y de Información Geográfica y el SNEIG, para que los sectores público, social y privado fortalezcan sus procesos de planeación y toma de decisiones y; XVIII. Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de su objeto.

Ver texto oficial del Reglamento Interno del Comité Técnico Regional de Estadística y de Información Geográfica del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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