Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-interno-comite-tecnico-regional-estadistica-informacion-geografica/3
Ley
Reglamento Interno del Comité Técnico Regional de Estadística y de Información Geográfica del Distrito Federal
Artículo
3

Artículo 3 del Reglamento Interno del Comité Técnico Regional de Estadística y de Información Geográfica del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Comité es un grupo de personas que trabajan juntas para planear y supervisar los programas de estadística (números y datos) y geografía (mapas e información del territorio) en la Ciudad de México. También se encarga de asegurar que se sigan las reglas para crear, juntar y compartir esa información. Su labor ayuda a saber qué información se necesita, qué es más importante y cómo conseguirla, siempre de acuerdo con el plan general de desarrollo de la ciudad.

Texto oficial

ARTÍCULO 3.- El Comité es un órgano colegiado de participación y consulta establecido por la LIEG para elaborar y vigilar los programas de desarrollo de estadística y de información geográfica en el ámbito regional del Distrito Federal, así como el conducto de transmisión y vigilancia del cumplimiento de las normas y disposiciones para la generación, integración y difusión de la información. La operación del Comité permitir a identificar las necesidades, determinar las prioridades y definir la información requerida en el ámbito estadístico y geográfico, en los términos del Programa General de Desarrollo del Distrito Federal.

Ver texto oficial del Reglamento Interno del Comité Técnico Regional de Estadística y de Información Geográfica del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.