- Ley
- Reglamento Interno del Comité Técnico Regional de Estadística y de Información Geográfica del Distrito Federal
- Artículo
- 5
Artículo 5 del Reglamento Interno del Comité Técnico Regional de Estadística y de Información Geográfica del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las personas que forman parte del Comité tienen el poder de revisar en cualquier momento que se esté cumpliendo el objetivo del Convenio y todos los acuerdos que salgan de él. Esto significa que pueden checar, sin avisar, si las partes están haciendo lo que prometieron. Básicamente, les toca vigilar que todo el mundo cumpla su palabra.
Texto oficial
ARTÍCULO 5. Los integrantes del Comité tendrán la facultad de verificar en todo momento el cumplimiento del objeto del Convenio y de manera general de los compromisos derivados del mismo. CAPÍTULO IV Integrantes y composición del Comité
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