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Ley
Reglamento Interno del Comité Técnico Regional de Estadística y de Información Geográfica del Distrito Federal
Artículo
39

Artículo 39 del Reglamento Interno del Comité Técnico Regional de Estadística y de Información Geográfica del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada vez que el grupo de trabajo se reúna, alguien tiene que escribir un resumen de lo que se habló y de los avances en los temas que les tocaron. Ese resumen se llama minuta. La persona encargada del grupo debe enviarle esa minuta a todos los miembros y a los invitados, y también tiene que contarle al Comité cómo van los resultados de los planes que acordaron en el grupo.

Texto oficial

ARTÍCULO 39. Los Grupos de Trabajo elaborarán una minuta de las sesiones de trabajo realizadas que contendrá los asuntos tratados y los avances de los temas asignados. El responsable del Grupo de Trabajo distribuirá la minuta a los miembros e invitados del mismo e informará al Comité de los resultados obtenidos de los programas establecidos en el Grupo de Trabajo. CAPÍTULO XI De las modificaciones al Reglamento

Ver texto oficial del Reglamento Interno del Comité Técnico Regional de Estadística y de Información Geográfica del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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