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Ley
Reglamento Interno del Comité Técnico Regional de Estadística y de Información Geográfica del Distrito Federal
Artículo
13

Artículo 13 del Reglamento Interno del Comité Técnico Regional de Estadística y de Información Geográfica del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Comité se junta dos veces al año de forma normal, pero puede tener juntas extra si algún miembro lo pide, siguiendo las reglas de este Reglamento. De cada junta se hace un documento (acta) que todos los que asistieron deben firmar. Para pedir una junta extra, el interesado debe enviar su solicitud al Prosecretario explicando los temas a tratar, para que él organice la junta y avise a los demás. Los grupos de trabajo se reúnen con la frecuencia que el Comité decida, según los asuntos que haya, y lo anotan en el acta; además, deben informar al Comité sobre lo que resolvieron.

Texto oficial

Artículo 13. - El Comité llevará a cabo dos sesiones ordinarias al año y tendrá sesiones extraordinarias, cuando sean solicitadas por cualquiera de sus integrantes, cumpliendo con las formalidades que establece este Reglamento. De cada sesión se elaborará un acta que deberá ser firmada por todos los asistentes a la misma. Para convocar a una sesión extraordinaria, el integrante deberá dirigir la solicitud al Prosecretario con la temática a tratar, para que en uso de sus atribuciones programe la sesión y convoque a los demás miembros del Comité. Los grupos de trabajo sesionarán con la frecuencia que determine el Comité, tomando en consideración los temas a tratar, dejando constancia en el Acta de la Sesión que corresponda. Las resoluciones de los asuntos que traten se deberán informar al Comité.

Ver texto oficial del Reglamento Interno del Comité Técnico Regional de Estadística y de Información Geográfica del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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