- Ley
- Reglamento Interno del Comité Técnico Regional de Estadística y de Información Geográfica del Distrito Federal
- Artículo
- 21
Artículo 21 del Reglamento Interno del Comité Técnico Regional de Estadística y de Información Geográfica del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si ya se votó y se aprobó o rechazó una propuesta, no se puede volver a discutir en esa misma junta. Solo se puede reabrir si el Comité lo decide, pero necesitan que la mayoría vote a favor. O sea, para repetir el asunto, más de la mitad del Comité tiene que estar de acuerdo.
Texto oficial
ARTÍCULO 21.- Cuando una propuesta haya sido aprobada o rechazada, no podrá ser examinada de nuevo en la misma sesión a menos que el Comité as í lo decida por mayoría de votos. CAPÍTULO VII De la Sustitución
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