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Ley
Reglamento Interno del Consejo para la Prevención y la Atención Integral del VIH/SIDA en el Distrito Federal
Artículo
1

Artículo 1 del Reglamento Interno del Consejo para la Prevención y la Atención Integral del VIH/SIDA en el Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este reglamento es obligatorio para todas las personas que forman parte del Consejo contra el VIH/SIDA en la Ciudad de México. Su objetivo es poner reglas claras sobre cómo debe funcionar este Consejo, cómo se crean los equipos de trabajo que de él dependan, y cómo se va a revisar su avance. También establece la manera de dar seguimiento y evaluar los resultados de las tareas que les encarguen en temas de prevención y atención del VIH/SIDA en la capital.

Texto oficial

Artículo 1.- El presente reglamento es de observancia obligatoria para todos los integrantes del Consejo para la Prevención y la Atención Integral del VIH/SIDA en el Distrito Federal; regulará el funcionamiento del Consejo, la creación de los Comités y Grupos de Trabajo derivados de éste, estableciendo medidas de seguimiento y evaluación de los avances en los trabajos encomendados a éstos, en materia de prevención y atención integral del VIH/SIDA, en el Distrito Federal.

Ver texto oficial del Reglamento Interno del Consejo para la Prevención y la Atención Integral del VIH/SIDA en el Distrito Federal (pág. 1) ↗

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